Ordenanza
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Ordenanza Nº 2154/93 - Autoriza a la Municipalidad a efectuar la transferencia de lotes a Caritas Catedral
FUNDAMENTOS
Atento al Expte. Administrativo Nº 66931-C-93, por el que Caritas Catedral Solicita se efectúe a su nombre la transferencia de los terrenos oportunamente cedidos en Comodato según Decreto – Ordenanza Nº 959-77, con la finalidad de construir en ellos viviendas económicas para albergar en forma transitoria a familias de escasos recursos, habiéndose cumplimentado tal objetivo, corresponde al Honorable Concejo Municipal aceptar la transferencia mencionada, conforme lo dispuesto por el art. 41 inc. 18 de la Ley 2756 (Orgánica de Municipalidades).
Que por todo ello el Honorable Concejo Municipal en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Art. 1º.- Efectúese a nombre de CARITAS CATEDRAL, la transferencia de los lotes 13 y 14 del Plano inscripto en la Municipalidad con el Nº 74/69, parte de la Chacra Nº 58 del Plano Oficial de la ciudad, compuesto unidos como están, de 20 metros de frente al S.E. sobre calle 105 por 51,95 metros de fondo y encierran una superficie de 1.039 m2, debiendo comenzar a contarse su ubicación a los 50 metros de la esquina Sud de la Manzana formada por las calle 105 y Runciman hacia la esquina Este.
Art. 2º.- CARITAS CATEDRAL deberá realizar el Plano de Relevamiento de la construcción existente, eximiéndosela del pago de los derechos o multas por edificación no declarada, y/o sellados que correspondieren.
Art. 3º.- Los gastos que demanden los trámites de escrituración y/o transferencia de dominio serán a cargo de CARITAS CATEDRAL.
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de Venado Tuerto, a los veintinueve días del mes de junio del año mil novecientos noventa y tres.
Atento al Expte. Administrativo Nº 66931-C-93, por el que Caritas Catedral Solicita se efectúe a su nombre la transferencia de los terrenos oportunamente cedidos en Comodato según Decreto – Ordenanza Nº 959-77, con la finalidad de construir en ellos viviendas económicas para albergar en forma transitoria a familias de escasos recursos, habiéndose cumplimentado tal objetivo, corresponde al Honorable Concejo Municipal aceptar la transferencia mencionada, conforme lo dispuesto por el art. 41 inc. 18 de la Ley 2756 (Orgánica de Municipalidades).
Que por todo ello el Honorable Concejo Municipal en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Art. 1º.- Efectúese a nombre de CARITAS CATEDRAL, la transferencia de los lotes 13 y 14 del Plano inscripto en la Municipalidad con el Nº 74/69, parte de la Chacra Nº 58 del Plano Oficial de la ciudad, compuesto unidos como están, de 20 metros de frente al S.E. sobre calle 105 por 51,95 metros de fondo y encierran una superficie de 1.039 m2, debiendo comenzar a contarse su ubicación a los 50 metros de la esquina Sud de la Manzana formada por las calle 105 y Runciman hacia la esquina Este.
Art. 2º.- CARITAS CATEDRAL deberá realizar el Plano de Relevamiento de la construcción existente, eximiéndosela del pago de los derechos o multas por edificación no declarada, y/o sellados que correspondieren.
Art. 3º.- Los gastos que demanden los trámites de escrituración y/o transferencia de dominio serán a cargo de CARITAS CATEDRAL.
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de Venado Tuerto, a los veintinueve días del mes de junio del año mil novecientos noventa y tres.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Exp. – 700 – I - 93
- Derogada: NO
- Vetada: NO