Ordenanza

Starter Section

Ordenanza Nº 2164/93 - El Departamento Ejecutivo Municipal dictará normas para la conservación del Patrimonio Arquitectónico de la ciudad

FUNDAMENTOS

- A través de los distintos medios de información se ha tomado conocimiento de declaraciones efectuadas por quienes tendrán la responsabilidad de ejecución del proyecto de reciclaje del Cine Teatro Verdi.

- La iniciativa establece la posibilidad cierta de devolver a este ámbito el protagonismo y trascendencia que los amantes del cine, el teatro y las expresiones culturales reclaman como un escenario más de los que el Municipio promueve para la difusión enriquecedora de las motivaciones espirituales del hombre.

- El hecho de estar trabajando en un proyecto común la Municipalidad de Venado Tuerto y el colegio de Arquitectos, dentro de un convenio marco realizado para el estudio de la calle Belgrano, hace necesario señalar una inquietud que entendemos debe ser interpretada y considerada en su real dimensión.

- Se puntualiza que “en el frente del edificio de realizará restauración y limpieza y se reemplazarán las aberturas de ingreso por paños de blindex de 10 milímetros en el mismo plano para darle una mayor visual al hall”, entre otros trabajos de remodelación.

- Esto debe denotar una preocupación de la comunidad y entre quienes venimos bregando por la defensa y conservación de los testimonios edilicios que permiten definir el perfil de la ciudad.

- Ante la falta de una normativa específica en la materia, entendemos se hace necesario adoptar recaudos que aseguren la conservación de los inmuebles y bienes cuyo significado este íntimamente vinculado con el sentimiento y la identidad de nuestra vida comunitaria y evitar así la sucesión de usos y deformaciones atentorias contra el patrimonio que se quiere preservar.

- El gobierno municipal es responsable y protector de los bienes culturales y recursos naturales existentes en el Distrito y este rol está orientado a resaltar y valorizar el contenido cultural y el patrimonio urbano local y regional.

- Por todo ello, el HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL en uso de sus facultades y atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Art. 1º.- El Departamento Ejecutivo Municipal dictará a través del área técnica pertinente las normativas necesarias tendientes a conservar las características exteriores de las construcciones existentes de valor arquitectónico, cultural, tradicional. Histórico y paisajístico.

Art. 2º.- las mismas surgirán del convenio marco celebrado entre el Municipio y el Colegio de Arquitectos de Venado Tuerto para el estudio de la calle Belgrano y de los que puedan formalizarse en el futuro, orientados a la preservación de las conformaciones edilicias existentes en el distrito, sean de carácter privado o público.
Art. 3º.- Los trabajos de demolición, refacción o remodelación que impliquen un a transformación del aspecto exterior de cualquier edificio existentes deberán contar con la aprobación previa de la Secretaría de obras Públicas- Sub Secretaría de Planeamiento Urbano – que a tal efecto podrá requerir el asesoramiento de otros organismos o entidades especializadas.

Art. 4º.-Las normativas dispuestas en los art. 1º y 2º serán remitidas al Honorable Concejo Municipal para su tratamiento y aprobación.

Art. 5º.- Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Municipal de Venado tuerto a los tres días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y tres.




INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Exp. – 771 – C – 93

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA