Ordenanza

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Ordenanza Nº 2179/93 - Crea Centros Barriales de la Tercera Edad

Art. 1º.- Dispónese la creación de CENTROS BARRIALES DE LA TERCERA EDAD en el ámbito de la Municipalidad de venado Tuerto.

Art. 2º.- Los mismos podrán utilizar la infraestructura edilicia de los centros comunitarios existentes en barrios de la ciudad u otras similares que puedan ser usadas a tal efecto o que resulten de gestiones o convenios celebrados con instituciones deportivas y/o sociales del medio.

Art. 3º.- Intégrese al plantel del personal que atenderá estos centros con profesionales, técnicos y administrativos que revistan en carácter de Planta Permanente en la Municipalidad de Venado Tuerto o que los núcleos vecinalistas puedan aportar.

Art. 4º.- Una vez conformado el plantel se deberán efectuar reuniones de capacitación a fin de que se trabaje en forma interdisciplinaria y con criterio común.

Art. 5º.- La Comisión Vecinal del barrio tendrá una participación activa en el funcionamiento de estos centros.

Art. 6º.- Estos centros barriales habilitarán las siguientes prestaciones.

a) Servicio de información y orientación respecto de cobertura médica, seguridad social, turismo, asesoría legal y provisional.

b) Servicios educativos y de recreación.

c) Servicio especial de orientación para ancianos provenientes de grupos marginales que no están incorporados a sistema de seguridad social.

d) Posta médica de primeros auxilios.

Art. 7º.- Comuníquese, publíquese y archívese.

FUNDAMENTOS

- Si tenemos en cuenta que el concepto de salud implica no sólo el aspecto físico, sino también el psíquico y social, observamos que los avances científicos se han demostrado de manera inversamente proporcional a las respuestas sociales frente a la problemática de la tercera edad.

- Es propósito de este proyecto ofrecer a ésta un espacio donde pueda manifestarse libremente, optar por los servicios que se disponen a través de los incisos establecidos en el art. 6º de la parte resolutiva al igual que otras expresiones estimulantes del intelecto y el espíritu; fundamentalmente puedan compartir sus necesidades, inquietudes y experiencias con su grupo de pares.

- A lo señalado debe agregarse la carencia de atención de los ancianos marginales no incorporados al sistema de seguridad social y el factor distancia movilidad, tan importante en la tercera edad, que exige la concentración barrial de servicios, de modo de poner estos al alcance de la ancianidad.

Dada en la Sala de Sesiones del HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de VENADO TUERTO, a los siete días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y tres.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Exp. – 792 – C – 93

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA