Ordenanza

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Ordenanza Nº 2185/93 - Establece sistema de inspección a hoteles, pensiones y casas de inquilinatos

Art. 1º.- El Departamento Ejecutivo Municipal establecerá un sistema especial de inspección por medio de los organismos pertinentes de los hoteles, pensiones y/o casas de inquilinatos, a los efectos de comprobar el cumplimiento para la habilitación y funcionamiento de los mismos.

Art. 2º.- En todos los casos que corresponda se intimará a sus propietarios para que en el plazo que el Departamento Ejecutivo Municipal determine, se realicen las reformas y adecuación a las normativas vigentes y/o a las que se dicten por la vía reglamentaria de todos aquellos edificios que ofrezcan características y condiciones en abierta inobservancia de lo establecido.

Art. 3º.- Entre la Municipalidad y los propietarios que concretamente acrediten su falta de medios económicos para efectuar en forma inmediata los arreglos necesarios, se convendrá un plazo de ejecución con especificación de prioridades.

Art. 4º.- Una vez vencidos los plazos a que se refieren los artículos 2º y 3º si no se hubiese cumplido con lo ordenado, el Departamento Ejecutivo Municipal remitirá las actuaciones al Honorable Concejo Municipal el que decidirá sobre la ampliación de plazos o la comunidad de permiso, según el carácter del mismo.

Art. 5º.- A los efectos de que el presente ordenamiento tenga la eficacia y seriedad que corresponda el Departamento Ejecutivo Municipal dará amplia difusión por medio de la prensa oral, escrita y televisiva; como asimismo, en su oportunidad, los comercios que han perdido la condición de tal conforme a las previsiones del Art. 4º.-

Art. 6.- Comuníquese, publíquese y archívese.

FUNDAMENTOS

- La presentación de este proyecto supone un aporte a la difícil situación por la que atraviesan huéspedes y pensionistas carenciados de vivienda y que se ven obligados a arrendar habitaciones en comercios de hotelería por razones de trabajo y que en distintas oportunidades ha sido preocupación de este Concejo.

- La iniciativa esta dirigida especialmente al relevamiento e inspección de los hoteles, pensiones y/o inquilinatos donde se alberguen las familias de bajos recursos, sometiéndoselos a pésimas condiciones de higiene y salubridad, sin tener en cuenta su calidad de seres humanos.

Dada en la Sala de Sesiones del HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de VENADO TUERTO, a los veintiún días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y tres.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Exp. – 777 – C – 93

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA