Ordenanza
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Ordenanza Nº 3326/06 - AUTORIZA A MVT A CONTRATAR FIRMA GUERECHET S.A. PARA OBRAS PAVIMENTACION
VISTO:
La necesidad de proceder urgentemente a la repavimentación de una
cantidad importante de calles de nuestra ciudad, en razón de que las
mismas se encuentran con su carpeta de rodamiento asfáltico
absolutamente deteriorada; y,
CONSIDERANDO:
Que las citadas obras de repavimentación no pueden realizarse con
tecnología y materiales con los que cuenta la Municipalidad de Venado
Tuerto en la actualidad.
Que la mayoría de estas obras se realizan con recicladoras de asfalto
que incorporan el material a la base aumentando su capacidad
estructural, y luego se cubre con una carpeta de concreto asfáltica en
caliente.
Que las arterias que a continuación se detallan fueron realizadas
mediante el plan de acceso a los barrios del año 1988, y necesitan una
urgente reparación de su carpeta de rodamiento con el fin de que no se
deterioren sus bases estructurales correspondientes.
· Azcoaga entre Avenida España y Avenida Santa Fe (4 cuadras)
· Avenida España entre Valdez y Azcoaga (1 cuadra)
· Falucho entre Presidente Perón y Atilio Larrea ( 5 cuadras)
Que las arterias que a continuación se detallan necesitan una urgente
reparación de su carpeta de rodamiento y además un aumento de la
capacidad portante de su paquete estructural, ya que poseen un tránsito
superior tanto en cantidad como en peso.
· 2 de abril entre Falucho y Juan B. Justo ( 2 cuadras)
· Avenida Chapuis entre Piacenza y Aufranc (4 cuadras)
· Avenida Chapuis entre Aufranc y Lussenhoff ( 7 cuadras)
· Avenida Chapuis entre Lussenhoff y Ruta Nacional Nº 33 (7 cuadras)
Que el reclamado con la incorporación de cal es una tecnología
utilizada en la repavimentación de rutas y calles de asfalto,
incorporando la capa de rodamiento triturada al aumento de capacidad
portante de la base.
Que la empresa Guerechet S.A., actual adjudicataria de la obra de
repavimentación de la Avenida Santa Fe, cuenta con los equipos y
tecnología adecuados para realizar los trabajos citados.
Que los gastos que demanden las obras sobre Avenida Chapuis fueron
aprobados, entre otros ítems, mediante Ordenanza Nº 3254/2005.
Que la empresa mencionada ha demostrado interés en la realización de
las mismas, cotizando para ello un precio de Pesos UN MILLON DIECISIETE
MIL CUATROCIENTOS VEINTIUNO CON VEINTISIETE CENTAVOS ($ 1.017.421,27),
que en términos promedio arroja un valor de la repavimentación por
metro cuadrado de Pesos TREINTA Y CINCO CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($
35,79) por el reclamado con cal de un espesor de 20 cm. y la colocación
de una carpeta de rodamiento de 4 cm. de espesor.
Que los equipos para realizar los trabajos (reclamadora) no estarán
demasiado tiempo en la ciudad, ya que la empresa citada ha culminado
con los trabajos pertinentes sobre Avenida Santa Fe.
Que es conveniente a los intereses del Municipio la contratación de
esta empresa, ya que se encuentra trabajando en la localidad y por
consiguiente se obtendrá el ahorro equivalente al rubro movilidad y
gastos fijos.
Que los precios cotizados por la mencionada empresa se encuentran
dentro de los parámetros convenientes a este Municipio, de acuerdo a
informes brindados por la Dirección de Obras Públicas del municipio.
Que los tiempos que insumiría un llamado a licitación pública no se
compatibilizan con los tiempos de permanencia de los equipos en la
ciudad y tampoco asegurarían la obtención de un precio menor.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado
Tuerto, haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la
presente
O R D E N A N Z A
Art.1º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar con
la Empresa Guerechet Sociedad Anónima la ejecución de hasta DIECINUEVE
MIL CIENTO SESENTA Y CINCO METROS, TREINTA DECIMETROS CUADRADOS
(19.165,30 m2) de reclamado, y la ejecución de hasta VEINTIOCHO MIL
CUATROCIENTOS VEINTITRES METROS, TREINTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS
(28.423,32 m2) de concreto asfáltico en caliente de un espesor de
cuatro (4 cm.) centímetros, en un todo de acuerdo con las condiciones
que fijan los Pliegos de Especificaciones Técnicas y Complementarias de
la Avenida Santa Fe, por un monto total de hasta la suma de Pesos UN
MILLON DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTIUNO CON VEINTISIETE CENTAVOS
($ 1.017.421,27) I.V.A. incluido, de acuerdo a planilla adjunta a la
que no se le aplicará ninguna redeterminación de precios.
Art.2º.- Impútense los gastos que demande el cumplimiento de la
presente Ordenanza a las siguientes partidas:
2450-8 ( Repavimentación Avenida Chapuis) - $ 619.693,89.-
1743-8 ( Pavimentación Urbana) - $ 397.727,38.-
Art.3º.- Autorícese al señor Intendente Municipal y al señor Secretario
de Obras Públicas y Planeamiento de la Municipalidad de Venado Tuerto a
suscribir el contrato respectivo en su representación, el que se
adjunta como Anexo I de la presente norma.
Art.4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a
los catorce días del mes de marzo del año dos mil seis.
La necesidad de proceder urgentemente a la repavimentación de una
cantidad importante de calles de nuestra ciudad, en razón de que las
mismas se encuentran con su carpeta de rodamiento asfáltico
absolutamente deteriorada; y,
CONSIDERANDO:
Que las citadas obras de repavimentación no pueden realizarse con
tecnología y materiales con los que cuenta la Municipalidad de Venado
Tuerto en la actualidad.
Que la mayoría de estas obras se realizan con recicladoras de asfalto
que incorporan el material a la base aumentando su capacidad
estructural, y luego se cubre con una carpeta de concreto asfáltica en
caliente.
Que las arterias que a continuación se detallan fueron realizadas
mediante el plan de acceso a los barrios del año 1988, y necesitan una
urgente reparación de su carpeta de rodamiento con el fin de que no se
deterioren sus bases estructurales correspondientes.
· Azcoaga entre Avenida España y Avenida Santa Fe (4 cuadras)
· Avenida España entre Valdez y Azcoaga (1 cuadra)
· Falucho entre Presidente Perón y Atilio Larrea ( 5 cuadras)
Que las arterias que a continuación se detallan necesitan una urgente
reparación de su carpeta de rodamiento y además un aumento de la
capacidad portante de su paquete estructural, ya que poseen un tránsito
superior tanto en cantidad como en peso.
· 2 de abril entre Falucho y Juan B. Justo ( 2 cuadras)
· Avenida Chapuis entre Piacenza y Aufranc (4 cuadras)
· Avenida Chapuis entre Aufranc y Lussenhoff ( 7 cuadras)
· Avenida Chapuis entre Lussenhoff y Ruta Nacional Nº 33 (7 cuadras)
Que el reclamado con la incorporación de cal es una tecnología
utilizada en la repavimentación de rutas y calles de asfalto,
incorporando la capa de rodamiento triturada al aumento de capacidad
portante de la base.
Que la empresa Guerechet S.A., actual adjudicataria de la obra de
repavimentación de la Avenida Santa Fe, cuenta con los equipos y
tecnología adecuados para realizar los trabajos citados.
Que los gastos que demanden las obras sobre Avenida Chapuis fueron
aprobados, entre otros ítems, mediante Ordenanza Nº 3254/2005.
Que la empresa mencionada ha demostrado interés en la realización de
las mismas, cotizando para ello un precio de Pesos UN MILLON DIECISIETE
MIL CUATROCIENTOS VEINTIUNO CON VEINTISIETE CENTAVOS ($ 1.017.421,27),
que en términos promedio arroja un valor de la repavimentación por
metro cuadrado de Pesos TREINTA Y CINCO CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($
35,79) por el reclamado con cal de un espesor de 20 cm. y la colocación
de una carpeta de rodamiento de 4 cm. de espesor.
Que los equipos para realizar los trabajos (reclamadora) no estarán
demasiado tiempo en la ciudad, ya que la empresa citada ha culminado
con los trabajos pertinentes sobre Avenida Santa Fe.
Que es conveniente a los intereses del Municipio la contratación de
esta empresa, ya que se encuentra trabajando en la localidad y por
consiguiente se obtendrá el ahorro equivalente al rubro movilidad y
gastos fijos.
Que los precios cotizados por la mencionada empresa se encuentran
dentro de los parámetros convenientes a este Municipio, de acuerdo a
informes brindados por la Dirección de Obras Públicas del municipio.
Que los tiempos que insumiría un llamado a licitación pública no se
compatibilizan con los tiempos de permanencia de los equipos en la
ciudad y tampoco asegurarían la obtención de un precio menor.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado
Tuerto, haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la
presente
O R D E N A N Z A
Art.1º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar con
la Empresa Guerechet Sociedad Anónima la ejecución de hasta DIECINUEVE
MIL CIENTO SESENTA Y CINCO METROS, TREINTA DECIMETROS CUADRADOS
(19.165,30 m2) de reclamado, y la ejecución de hasta VEINTIOCHO MIL
CUATROCIENTOS VEINTITRES METROS, TREINTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS
(28.423,32 m2) de concreto asfáltico en caliente de un espesor de
cuatro (4 cm.) centímetros, en un todo de acuerdo con las condiciones
que fijan los Pliegos de Especificaciones Técnicas y Complementarias de
la Avenida Santa Fe, por un monto total de hasta la suma de Pesos UN
MILLON DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTIUNO CON VEINTISIETE CENTAVOS
($ 1.017.421,27) I.V.A. incluido, de acuerdo a planilla adjunta a la
que no se le aplicará ninguna redeterminación de precios.
Art.2º.- Impútense los gastos que demande el cumplimiento de la
presente Ordenanza a las siguientes partidas:
2450-8 ( Repavimentación Avenida Chapuis) - $ 619.693,89.-
1743-8 ( Pavimentación Urbana) - $ 397.727,38.-
Art.3º.- Autorícese al señor Intendente Municipal y al señor Secretario
de Obras Públicas y Planeamiento de la Municipalidad de Venado Tuerto a
suscribir el contrato respectivo en su representación, el que se
adjunta como Anexo I de la presente norma.
Art.4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a
los catorce días del mes de marzo del año dos mil seis.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 38-I-88
- Derogada: NO
- Vetada: NO