Ordenanza

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Ordenanza Nº 3331/06 - AUTORIZA AL MUNICIPIO AL REPARAR PALA TOPADORA

VISTO:
La urgente necesidad de proceder a la reparación mecánica de una pala
topadora Kamatsu D65 propiedad de la municipalidad, y;

CONSIDERANDO:
Que dicha máquina se encuentra afectada a trabajos de mantenimiento en
el predio del basural de nuestra ciudad, siendo estrictamente necesario
contar con la misma a diario.
Que la reparación sólo se podría efectuar en la ciudad de Buenos Aires,
habiéndose trasladado las piezas mecánicas deterioradas a dicha ciudad
para su respectivo presupuesto, el cual fue confeccionado por una de
las pocas firmas comerciales que existen en el ramo, Rellenos
Electrónicos Viales S.R.L., con domicilio en calle General Hornos Nº
3545 de la localidad de Caseros, provincia de Buenos Aires, ascendiendo
el mismo a la suma de Pesos Cincuenta y Siete Mil Setecientos
Veintiséis con Ochenta Centavos ($ 57.726,80) más I.V.A.
Que la imposibilidad temporal de proceder al correspondiente llamado a
licitación pública conforme el monto económico a erogar, y la casi
certeza de la no presentación de oferentes por las especiales
características de los elementos a reparar, hacen que el Departamento
Ejecutivo Municipal proceda a contratar de manera directa la reparación
de la maquinaria citada.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones, sanciona la presente

ORDENANZA

Art. 1º. Autorícese a la Municipalidad de Venado Tuerto, a través de su
Secretaría de Servicios Públicos, de manera excepcional y por las
especiales características del caso, a proceder a aplicar los términos
de la Resolución Administrativa Nº 006-SP-2006 dictada por la misma, la
cual dispuso la urgente reparación de una pala topadora marca Kamatsu
D65 por los motivos expuestos en los considerandos de la presente
norma.

Art. 2º. Autorícese a la Municipalidad de Venado Tuerto a abonar a la
firma comercial "Rellenos Electrónicos Viales S.R.L." la suma de Pesos
Cincuenta y Siete Mil Setecientos Veintiséis con Ochenta Centavos ($
57.726,80) más I.V.A., conforme presupuestos que se adjuntan a la
presente y según la forma de pago allí contenida, en concepto de
contraprestación conforme lo establecido en el artículo precedente y
demás consideraciones obrantes en esta norma.

Art. 3º. Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 144-I-85

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA