Ordenanza
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Ordenanza Nº 3334/06 - AUTORIZA PAGO DE HONORARIOS AL DR. DI PAOLO CONV. ENYTRE MVT Y COOP. AGROP.
VISTO:
La Ordenanza Nº 3267/2005 sancionada por el Concejo Municipal de Venado
Tuerto, y;
CONSIDERANDO:
Que a través de dicha norma se autorizó al Departamento Ejecutivo
Municipal a suscribir con la Cooperativa Agropecuaria de Venado Tuerto
Limitada un contrato de compraventa de inmueble.
Que en la cláusula 2º, punto "D" de dicho convenio se determinaba una
suma de dinero a abonarse en concepto de honorarios judiciales al Dr.
Juan Sebastián Di Paolo, la cual a la fecha de celebración del acuerdo
citado alcanzaba el monto de Pesos CUARENTA Y TRES MIL ($ 43.000,00),
suma que se efectivizaría de la siguiente forma: La Cooperativa
Agropecuaria de Venado Tuerto afrontaba el pago de Pesos TREINTA MIL ($
30.000,00), y el Municipio local integraba la de Pesos TRECE MIL ($
13.000,00) mediante la dación en pago de un terreno cuyas medidas y
linderos se relacionan en el acuerdo citado.
Que con posterioridad, en fecha 28/09/2005 se suscribe un convenio de
pago con el Dr. Juan Di Paolo, asumiendo el cincuenta por ciento (50%)
del mismo la Cooperativa Agropecuaria de Venado Tuerto Limitada, y el
otro cincuenta por ciento (50%) la Municipalidad de Venado Tuerto.
Que al diferir el monto final a abonarse entre lo que se estableció en
concepto de honorarios del citado profesional en el contrato de
compraventa autorizado por la Ordenanza Nº 3267/2005 y el convenio de
pago citado precedentemente por la actualización de la regulación de
los honorarios hecha por Caja Forense, es menester que el Concejo
Municipal ratifique este último acuerdo, para efectivizar por parte del
Departamento Ejecutivo Municipal el cumplimiento del mismo.
Que la liquidación de dichos honorarios será aplicada a su vez como
parte del pago que, en concepto de compra de los inmuebles a la
Cooperativa Agropecuaria de Venado Tuerto Limitada, se obligó a
realizar la Municipalidad de Venado Tuerto en el citado contrato de
compraventa.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art. 1º. Ratifíquese el convenio de pago de honorarios profesionales
suscripto el 28 de septiembre del año 2005 entre el Dr. Juan Sebastián
Di Paolo por una parte y la Cooperativa Agropecuaria de Venado Tuerto
Limitada juntamente con la Municipalidad de Venado Tuerto por la otra,
por los motivos expuestos en los considerandos de la presente norma.
Art. 2º. Acompáñese copia del referido convenio de pago, el cual forma
parte integrante de la presente norma.
Art. 3º. Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a
los cuatro días del mes de abril del año dos mil seis.
La Ordenanza Nº 3267/2005 sancionada por el Concejo Municipal de Venado
Tuerto, y;
CONSIDERANDO:
Que a través de dicha norma se autorizó al Departamento Ejecutivo
Municipal a suscribir con la Cooperativa Agropecuaria de Venado Tuerto
Limitada un contrato de compraventa de inmueble.
Que en la cláusula 2º, punto "D" de dicho convenio se determinaba una
suma de dinero a abonarse en concepto de honorarios judiciales al Dr.
Juan Sebastián Di Paolo, la cual a la fecha de celebración del acuerdo
citado alcanzaba el monto de Pesos CUARENTA Y TRES MIL ($ 43.000,00),
suma que se efectivizaría de la siguiente forma: La Cooperativa
Agropecuaria de Venado Tuerto afrontaba el pago de Pesos TREINTA MIL ($
30.000,00), y el Municipio local integraba la de Pesos TRECE MIL ($
13.000,00) mediante la dación en pago de un terreno cuyas medidas y
linderos se relacionan en el acuerdo citado.
Que con posterioridad, en fecha 28/09/2005 se suscribe un convenio de
pago con el Dr. Juan Di Paolo, asumiendo el cincuenta por ciento (50%)
del mismo la Cooperativa Agropecuaria de Venado Tuerto Limitada, y el
otro cincuenta por ciento (50%) la Municipalidad de Venado Tuerto.
Que al diferir el monto final a abonarse entre lo que se estableció en
concepto de honorarios del citado profesional en el contrato de
compraventa autorizado por la Ordenanza Nº 3267/2005 y el convenio de
pago citado precedentemente por la actualización de la regulación de
los honorarios hecha por Caja Forense, es menester que el Concejo
Municipal ratifique este último acuerdo, para efectivizar por parte del
Departamento Ejecutivo Municipal el cumplimiento del mismo.
Que la liquidación de dichos honorarios será aplicada a su vez como
parte del pago que, en concepto de compra de los inmuebles a la
Cooperativa Agropecuaria de Venado Tuerto Limitada, se obligó a
realizar la Municipalidad de Venado Tuerto en el citado contrato de
compraventa.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art. 1º. Ratifíquese el convenio de pago de honorarios profesionales
suscripto el 28 de septiembre del año 2005 entre el Dr. Juan Sebastián
Di Paolo por una parte y la Cooperativa Agropecuaria de Venado Tuerto
Limitada juntamente con la Municipalidad de Venado Tuerto por la otra,
por los motivos expuestos en los considerandos de la presente norma.
Art. 2º. Acompáñese copia del referido convenio de pago, el cual forma
parte integrante de la presente norma.
Art. 3º. Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a
los cuatro días del mes de abril del año dos mil seis.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 3492-I-01
- Derogada: NO
- Vetada: NO