Ordenanza

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Ordenanza Nº 3351/06 - CAMPAÑA CONDUCTORES SIN ALCOHOL

VISTO:
La importancia de concientizar a los conductores y prevenir los
accidentes de tránsito causados por el consumo de alcohol, y;

CONSIDERANDO:
Que otras ciudades del país han puesto en marcha en estos últimos
tiempos diferentes campañas en pos de concientizar a la población en
general sobre el particular, haciendo especial hincapié en los jóvenes
que, mayormente y sobre todo los fines de semana, son el sector más
propicio para que conduzcan sus vehículos alcoholizados, con el grave
riesgo que esto significa no sólo para ellos sino para el resto de las
personas que circulan.
Que estas campañas, sumadas a los controles de alcoholemia
correspondientes, han arrojado resultados positivos en muchos lugares
del país, por lo que se considera importante que se desarrollen en
nuestra ciudad en busca de obtener el mismo resultado y con la misma
finalidad.
Que la campaña propuesta debería realizarse en distintas etapas,
procediendo a la entrega y reparto de folletería especialmente diseñada
que contenga información y el mensaje de la misma. Al mismo tiempo,
todos aquellos comercios que vendan bebidas alcohólicas podrían sumarse
a la campaña exhibiendo en sus respectivos locales afiches o material
similar que comunique su realización.
Que es innegable la necesidad de aumentar el grado de conciencia en los
conductores con respecto a los riesgos que significa mezclar alcohol y
conducción y modificar la percepción que existe con respecto a los
operativos de alcoholemia, los cuales representan una efectiva
herramienta de prevención de accidentes por esta causa.
Que con fundamento de lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado
Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art. 1º.- Impleméntese en el ámbito de la ciudad de Venado Tuerto la
campaña "Conductores sin Alcohol", con el objeto de concientizar a los
conductores sobre los riesgos que significa la mezcla de alcohol y
conducción automovilística y para prevenir accidentes de tránsito.
Art. 2º.- La mencionada campaña deberá complementarse con la
realización más exhaustiva de controles de alcoholemia, y consistirá en
el reparto y entrega de folletería que contenga información y el
mensaje de la campaña.
Art. 3º.- El Departamento Ejecutivo Municipal solicitará el
asesoramiento de profesionales de las áreas involucradas a efectos de
realizar el diseño de la campaña mencionada en el artículo 1º de la
presente, teniendo en cuenta las imágenes que deberán utilizarse para
movilizar a los distintos sectores sociales a la que irá dirigida.
Art. 4º.- El Departamento Ejecutivo Municipal podrá solicitar
colaboración a los distintos medios de comunicación de la ciudad con el
fin de que éstos puedan sumarse a la campaña y, desde sus empresas
periodísticas, difundir mensajes de la misma.
Art. 5º.- Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a
los diez días del mes de mayo del año dos mil seis.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 4180-C-04

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA