Ordenanza
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Ordenanza Nº 3357/06 -
VISTO:
El convenio de permuta suscrito por la Municipalidad de Venado Tuerto con los señores Maximiliano Montiel y Olga Cruz en fecha 10/05/01, por el cual el municipio cede un lote de terreno en canje de otro lote de terreno edificado de propiedad de los vecinos nombrados, y que se encuentra ubicado en el Área Recreativa Norte, y;
CONSIDERANDO:
Que el Reglamento de Zonificación y Subdivisión de la Tierra delimita los predios que no son aptos para la urbanización en la cuenca de Las Aguadas, pero sólo aquellos que corresponden al área urbana.
Que la Municipalidad tiene interés en todos los predios que corresponden a la cuenca y que le permitan desarrollar su proyecto de infraestructura hidráulica para el desagüe de la ciudad.
Que el Plan General lo define como un proyecto estratégico no sólo para los desagües sino también para materializar una reserva natural de características recreativas, deportivas y culturales.
Que mediante la Ordenanza Nº 1962 y su Decreto Reglamentario Nº 14/2001, se autoriza a la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento a desalojar a las personas que estén ocupando viviendas ubicadas en el Área Recreativa Norte y a destruir lo edificado en la misma.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art. 1º. Ratifíquese el convenio suscripto entre el Departamento Ejecutivo Municipal y los señores Maximiliano Roberto Montiel (D.N.I. Nº 6.142.372) y Olga Eusebia Cruz (D.N.I. Nº 12.739.636), todo ello de acuerdo a las cláusulas y condiciones establecidas en el mismo que se adjunta como Anexo I y forma parte de la presente.
Art. 2º. Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil seis.
El convenio de permuta suscrito por la Municipalidad de Venado Tuerto con los señores Maximiliano Montiel y Olga Cruz en fecha 10/05/01, por el cual el municipio cede un lote de terreno en canje de otro lote de terreno edificado de propiedad de los vecinos nombrados, y que se encuentra ubicado en el Área Recreativa Norte, y;
CONSIDERANDO:
Que el Reglamento de Zonificación y Subdivisión de la Tierra delimita los predios que no son aptos para la urbanización en la cuenca de Las Aguadas, pero sólo aquellos que corresponden al área urbana.
Que la Municipalidad tiene interés en todos los predios que corresponden a la cuenca y que le permitan desarrollar su proyecto de infraestructura hidráulica para el desagüe de la ciudad.
Que el Plan General lo define como un proyecto estratégico no sólo para los desagües sino también para materializar una reserva natural de características recreativas, deportivas y culturales.
Que mediante la Ordenanza Nº 1962 y su Decreto Reglamentario Nº 14/2001, se autoriza a la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento a desalojar a las personas que estén ocupando viviendas ubicadas en el Área Recreativa Norte y a destruir lo edificado en la misma.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art. 1º. Ratifíquese el convenio suscripto entre el Departamento Ejecutivo Municipal y los señores Maximiliano Roberto Montiel (D.N.I. Nº 6.142.372) y Olga Eusebia Cruz (D.N.I. Nº 12.739.636), todo ello de acuerdo a las cláusulas y condiciones establecidas en el mismo que se adjunta como Anexo I y forma parte de la presente.
Art. 2º. Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil seis.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 3689-C-01
- Derogada: NO
- Vetada: NO