Ordenanza
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Ordenanza Nº 3363/06 - CAMBIOS SENTIDO MANO EN AGURO Y SAENZ PEÑA
VISTO:
La culminación de la obra de pavimento en calle Sáenz Peña; y
CONSIDERANDO:
Que la citada arteria es de circulación de doble mano y en su
intercesión con Ruta Nacional Nº 8 cuenta con un semáforo de cuatro
tiempos, más otro en su intersección con avenida Estrugamou.-
Que paralela a ésta está calle Agüero, también con circulación de doble
mano.-
Que en calle Agüero entre Lavalle y Azcuénaga la calzada se reduce
considerablemente, ya que está ocupada por una vivienda construida por
fuera de los límites de la línea de edificación, lo que dificulta el
tránsito vehicular de doble mano.-
Que la calle Agüero no semaforizada ni en su intersección con avenida
Estrugamou, ni con Ruta Nacional Nº 8.-
Que por lo expuesto debiera establecerse la circulación de doble mano y
de mano única la de calle Agüero.-
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado
Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la
presente:
O R D E N A N Z A
Art.1º.- Determínese que calle Saenz Peña sea de doble mano en su
circulación.-
Art.2º.- Establézcase que calle Agüero sea de mano única en su
circulación con sentido hacia Avenida Santa Fe.-
Art.3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a
los treinta y un días del mes de mayo del año dos mil seis.-
La culminación de la obra de pavimento en calle Sáenz Peña; y
CONSIDERANDO:
Que la citada arteria es de circulación de doble mano y en su
intercesión con Ruta Nacional Nº 8 cuenta con un semáforo de cuatro
tiempos, más otro en su intersección con avenida Estrugamou.-
Que paralela a ésta está calle Agüero, también con circulación de doble
mano.-
Que en calle Agüero entre Lavalle y Azcuénaga la calzada se reduce
considerablemente, ya que está ocupada por una vivienda construida por
fuera de los límites de la línea de edificación, lo que dificulta el
tránsito vehicular de doble mano.-
Que la calle Agüero no semaforizada ni en su intersección con avenida
Estrugamou, ni con Ruta Nacional Nº 8.-
Que por lo expuesto debiera establecerse la circulación de doble mano y
de mano única la de calle Agüero.-
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado
Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la
presente:
O R D E N A N Z A
Art.1º.- Determínese que calle Saenz Peña sea de doble mano en su
circulación.-
Art.2º.- Establézcase que calle Agüero sea de mano única en su
circulación con sentido hacia Avenida Santa Fe.-
Art.3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a
los treinta y un días del mes de mayo del año dos mil seis.-
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Exp.3837-C-02
- Derogada: NO
- Vetada: NO