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Ordenanza Nº 3387/06 - MODIFICA FECHA APLICACION VACUNA ANTIGRIPAL EN NUESTRA CIUDAD

VISTO:

La necesidad de darle a la comunidad las vacunas antigripales en tiempo
y forma para prevenir la enfermedad, y;

CONSIDERANDO:

Que desde hace muchos años, los vecinos de nuestra ciudad mayores de 65
años y todos aquellos pacientes con patologías de riesgo frente a la
influenza (gripe), como por ejemplo diabéticos, hipertensos, enfermos
cardíacos, enfermos con patologías respiratorias, etc., se acercan a
los distintos centros asistenciales de la ciudad en busca de la
prevención de dicha enfermedad por medio de la vacuna antigripal.

Que dicha vacuna llega a la gente nunca antes de los meses de
abril-mayo, cuando en realidad ya no tendría el efecto esperado. Por
eso, los objetivos y fundamentos del presente proyecto son:

Promover la aplicación de la vacuna antigripal entre las semanas 13-20
correspondiente al calendario anual. Dándole a la comunidad las dosis
en tiempo y forma, no sólo se estará previniendo la enfermedad sino que
también produciría menos gasto para el Estado, ya que disminuirían los
casos de gripe en la ciudad.
Según los datos obtenidos por la Organización Mundial de la Salud, de
un análisis de distribución de los virus influenza estudiados por
semana epidemiológica (SE) para todo el país se observa que el pico de
circulación viral se produjo entre las semanas 20 y 27, los virus
influenza A(H1) predominaron en la primera parte del brote y luego los
virus A(H3).
Caracterización de cepas: la caracterización antigénica de una parte de
los aislamientos virales realizada determinó que la mayoría de los
virus controlados a tiempo y en las semanas especificadas en el punto
anterior, se lograría una onda epidémica estacional.
La Organización Mundial de la Salud recomienda la vacunación de los
grupos de riesgo en tiempo y forma y mantener la vigilancia de las
cepas circulantes, que garantizará la calidad en la constitución de la
vacuna en los años sub siguientes.
Que es necesario destacar que países como Estados Unidos ha bajado la
tasa global gracias a las campañas de vacunación aplicadas en las
semanas epidemiológicas correspondientes.

Que dado que en muchos casos son organismos nacionales los que remiten
en forma gratuita estas dosis a muchísimos habitantes de nuestra
ciudad, se hace necesario también solicitarle a los Ministerios de
Salud de la Nación y de la Provincia, como así también a las
autoridades del PAMI, tengan en cuenta la presente Ordenanza para
futuros envíos que realicen.

Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado
Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente:

O R D E N A N Z A

Art.1º.- Modifíquense las fechas de aplicación de la vacuna antigripal
en el ámbito de nuestra ciudad entre las semanas 13-20 correspondiente
al calendario anual para los casos que se realicen en ámbitos
pertenecientes a la Subsecretaría de Salud Municipal.

Art.2º.- Invítese a los centros asistenciales que no pertenezcan ni
dependan del Municipio a hacer lo propio en virtud de los fundamentos
expuestos.

Art.3º.- El programa de difusión deberá incluir folletos que expliquen
en forma clara los motivos y las razones de la campaña antigripal.
Estos folletos se entregarán en forma gratuita en todos los centros de
salud y establecimientos educativos de la ciudad.

Art.4º.- La Subsecretaría de Salud Municipal procederá a remitir la
presente Ordenanza a las autoridades de los Ministerios de Salud de la
Nación y de la Provincia, como así también a la Obra Social PAMI, a
efectos de que sea tenida en cuenta cada vez que dichos organismos
remitan partidas de vacunas antigripales.

Art.5º.- Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a
los veintiocho días del mes de junio del año dos mil seis.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 3785-C-02

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA