Ordenanza
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Ordenanza Nº 3407/06 - AUTORIZA PRORROGA EMPADRONAMIENTO EN BARRIOS
VISTO:
La Ordenanza Nº 3346 sancionada en materia de Comisiones Vecinales de
la ciudad, y;
CONSIDERANDO:
Que el espíritu de la norma citada es la amplia participación de los
vecinos.
Que dada la proximidad de las elecciones para la renovación de las
autoridades de las distintas vecinales de la ciudad, se han registrado
inconvenientes de naturaleza administrativa en el proceso de
empadronamiento de vecinos de Venado Tuerto.
Que en la implementación de la presente Ordenanza debe asegurarse la
igualitaria y equitativa participación de los ciudadanos, a fin de no
dejar a nadie sin la posibilidad de involucrarse en la elección de sus
representantes en los respectivos barrios de la ciudad de Venado
Tuerto.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado
Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1º.- Prorróguese el plazo de empadronamiento previsto en la
Ordenanza Nº 3346/2006 por el término de siete (7) días.
Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a
los nueve días del mes de agosto del año dos mil seis.
La Ordenanza Nº 3346 sancionada en materia de Comisiones Vecinales de
la ciudad, y;
CONSIDERANDO:
Que el espíritu de la norma citada es la amplia participación de los
vecinos.
Que dada la proximidad de las elecciones para la renovación de las
autoridades de las distintas vecinales de la ciudad, se han registrado
inconvenientes de naturaleza administrativa en el proceso de
empadronamiento de vecinos de Venado Tuerto.
Que en la implementación de la presente Ordenanza debe asegurarse la
igualitaria y equitativa participación de los ciudadanos, a fin de no
dejar a nadie sin la posibilidad de involucrarse en la elección de sus
representantes en los respectivos barrios de la ciudad de Venado
Tuerto.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado
Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1º.- Prorróguese el plazo de empadronamiento previsto en la
Ordenanza Nº 3346/2006 por el término de siete (7) días.
Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a
los nueve días del mes de agosto del año dos mil seis.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 2954-V-98
- Derogada: NO
- Vetada: NO