Ordenanza
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Ordenanza Nº 3416/06 - ADHIERE A LEY LEY 11717 MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
VISTO:
La Ley Provincial Nº 11.717 de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable,
su Decreto Reglamentario Nº 1844/02, la Resolución emanada del
ministerio de Salud Pública, Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable y
la Ley provincial Nº 11.574 que adhiere al Consejo Federal de Medio
Ambiente, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 11.717 se propone una regulación integral de las
cuestiones vinculadas al medio ambiente sustentable, pautando acciones
con las entidades descentralizadas, municipio y comunas de la
provincia.
Que es poco lo que se ha avanzado desde la fecha de su sanción y
promulgación, teniendo esta ciudad un convenio celebrado con el
Ministerio de la Producción en materia de control de la aplicación de
agroquímicos, actividad que, si bien en la administración provincial es
incumbencia de este área de gobierno, tiene indudable impacto ambiental
y vinculación con lo que es materia de regulación del ámbito de Salud y
Medio Ambiente.
Que la Resolución 94/03, crea el Registro de Generadores y Operadores
de Residuos Peligrosos, siendo necesario y de interés del municipio
involucrarse en la regulación y control de estas actividades, en las
cuales la ausencia de intervención del estado compromete el futuro
ambiental de la región.
Que por lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de
sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente
O R D E N A N Z A
Art.1º.- Adhiérase a la Ley Provincial Nº 11.717 de Medio Ambiente y
Desarrollo Sustentable.
Art.2º.- Solicítese al Gobierno de la Provincia de Santa Fe a través
del Ministerio de Salud Pública una mayor complementación con el
municipio en la tarea ambientalista, habilitándose la suscripción de
convenios para el control de los aspectos relevantes que la Ley Nº
11.717 regula.
Art.3º.- Declárese de interés municipal el control de las actividades
definidas en la Resolución 94/02 como generación y operación de
residuos peligrosos.
Art.4º.- Deróguense las Ordenanzas Nº 2.281 y Nº 2.335 en cuanto lo que
las mismas establezcan se oponga a lo establecido por la Ley Nº 11.717
y su Decreto Reglamentario Nº 101/3, normativa a la cual la presente
Ordenanza ha adherido.
Art.5º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a
los nueve días del mes de agosto del año dos mil seis.
La Ley Provincial Nº 11.717 de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable,
su Decreto Reglamentario Nº 1844/02, la Resolución emanada del
ministerio de Salud Pública, Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable y
la Ley provincial Nº 11.574 que adhiere al Consejo Federal de Medio
Ambiente, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 11.717 se propone una regulación integral de las
cuestiones vinculadas al medio ambiente sustentable, pautando acciones
con las entidades descentralizadas, municipio y comunas de la
provincia.
Que es poco lo que se ha avanzado desde la fecha de su sanción y
promulgación, teniendo esta ciudad un convenio celebrado con el
Ministerio de la Producción en materia de control de la aplicación de
agroquímicos, actividad que, si bien en la administración provincial es
incumbencia de este área de gobierno, tiene indudable impacto ambiental
y vinculación con lo que es materia de regulación del ámbito de Salud y
Medio Ambiente.
Que la Resolución 94/03, crea el Registro de Generadores y Operadores
de Residuos Peligrosos, siendo necesario y de interés del municipio
involucrarse en la regulación y control de estas actividades, en las
cuales la ausencia de intervención del estado compromete el futuro
ambiental de la región.
Que por lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de
sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente
O R D E N A N Z A
Art.1º.- Adhiérase a la Ley Provincial Nº 11.717 de Medio Ambiente y
Desarrollo Sustentable.
Art.2º.- Solicítese al Gobierno de la Provincia de Santa Fe a través
del Ministerio de Salud Pública una mayor complementación con el
municipio en la tarea ambientalista, habilitándose la suscripción de
convenios para el control de los aspectos relevantes que la Ley Nº
11.717 regula.
Art.3º.- Declárese de interés municipal el control de las actividades
definidas en la Resolución 94/02 como generación y operación de
residuos peligrosos.
Art.4º.- Deróguense las Ordenanzas Nº 2.281 y Nº 2.335 en cuanto lo que
las mismas establezcan se oponga a lo establecido por la Ley Nº 11.717
y su Decreto Reglamentario Nº 101/3, normativa a la cual la presente
Ordenanza ha adherido.
Art.5º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a
los nueve días del mes de agosto del año dos mil seis.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 4120-C-04
- Derogada: NO
- Vetada: NO