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Ordenanza Nº 3456/06 - AUTORIZA AL DEM EJECUCION OBRA PAVIMENTO CALLE BROWN ENTRE RUTA 8 Y MONTEAGUDO

Visto:
La Ordenanza Nº 2751 y su ratificatoria Nº 3313, mediante las cuales se
asignan los fondos necesarios para el financiamiento de la obra pública
de pavimentación de calle Brown entre Ruta Nacional Nº 8 y calle
Monteagudo, y;

Considerando:
Que las únicas dos cuadras que aún no han sido ejecutadas hasta el
momento son las enunciadas precedentemente, pese a encontrarse
incluidas en el convenio respectivo suscripto con Supermercado Norte
S.A.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante la Ordenanza Nº 2571,
los Decretos Nº 016-99, Nº 078-99 y Nº 088-05 y su ratificatoria Nº
3313, dispone de los fondos para la ejecución de la obra mencionada.
Que el art. 2º de la Ordenanza Nº 2873 reglamentaba el Registro de
Oposición a la misma, siendo que la Secretaría de Obras Públicas y
Planeamiento llamó a dicho Registro en el mes de enero del año 2006 y
posteriormente en fecha 26/07/2006 dicha Ordenanza fue derogada
totalmente por la Ordenanza Nº 3400. De todos modos, en ninguno de los
dos casos, ante la indiferencia de los vecinos, se logran los
porcentajes necesarios de adhesión para llevar a cabo la obra.
Que pasados ocho meses desde su publicación, solamente se ha obtenido
una aceptación a la ejecución de la obra por parte de los
contribuyentes equivalente a 36,34 metros, que corresponden a su vez al
8% del total de la zona de obra a ejecutar.
Que sólo tres vecinos tienen prácticamente el 50% de los metros
fronteros a la obra, siendo sus propietarios comerciantes del sector
(R. Sola y Cía. y Ciro Forlín).
Que la Municipalidad realizó los desagües correspondientes a la misma
hace más de dieciocho meses, de acuerdo a los proyectos de desagües de
la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento.
Que la pavimentación de la mencionada arteria es fundamental para la
descompresión de una parte del tramo urbano de la Ruta Nacional Nº 8 en
el sector del Barrio Rivadavia, posibilitando el giro a la derecha para
el ingreso a la ciudad y máxime que la misma presenta un grado de
deterioro importante habida cuenta del intenso tránsito que soporta.
Que el inc. C) del art. 8º de la Ordenanza Nº 3400 menciona que cuando
no se alcancen los porcentajes de adhesión correspondientes para la
aprobación de la obra pública, la Municipalidad podrá girar el
expediente a este Concejo Municipal para su tratamiento.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones, sanciona la presente:

ORDENANZA

Art.1º.-Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la
Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento, a ejecutar la obra pública
de pavimentación en calle Brown entre Ruta Nacional Nº 8 y calle
Monteagudo, con los fondos consignados oportunamente mediante la
Ordenanza Nº 3313.

Art.2º.-Declárese la misma de interés público y de pago obligatorio a
todos los vecinos fronteros a la misma.

Art.3º.-Deróguense todas las Ordenanzas u otras disposiciones que a la
fecha de vigencia de la presente norma tengan aplicación sobre
cuestiones del mismo tenor.

Art.4º.-Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del C oncejo Municipal de Venado Tuerto, a
los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil seis.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente:

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA