Ordenanza

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Ordenanza Nº 3462/06 - MODIFICA ART. 3 ORDENANZA 2874 - FERIAS MUNICIPALES -

VISTO:
La Ordenanza 2874 referida al sistema de ferias municipales o paseos de
compras de carácter permanente o transitorio de la ciudad de Venado
Tuerto, y;

CONSIDERANDO:
Que dicha Ordenanza tiene como objetivo facilitar la exposición de
trabajos de artesanos residentes efectivos y habituales de la ciudad de
Venado Tuerto en espacios públicos.
Que el sistema de ferias municipales es una expresión cultural en sí
misma, y a la vez centro de atracción para otras manifestaciones
culturales tales como estatuas vivientes, músicos, bailarines, actores,
etc.
Que desde este Concejo Municipal se trabaja en la búsqueda de
herramientas que ayuden a acercar a la sociedad al ámbito cultural,
educativo y económico a toda persona con capacidades diferentes.
Que muchas de estas personas con capacidades diferentes se destacan en
el ámbito artístico y/o artesanal realizando producciones en madera,
metales, cueros, vidrio, cerámica o telas.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado
Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

ORDENANZA

Art. 1°.- Modifíquese el artículo 3º de la Ordenanza Nº 2874, el cual
quedará redactado de la siguiente forma: "La adjudicación de los
puestos se efectuará siguiendo el orden de presentación de los
postulantes, a excepción de toda persona con capacidades diferentes que
demuestren su capacidad por el certificado correspondiente o
instituciones que nucleen a los mismos, a cuyos efectos se habilitará
un Registro Especial en la Oficina de Inspección General. Se acuerda
como única preferencia que el solicitante sea artesano y/o productor
para la venta de su artesanía y/o producción exclusivamente, y que
tenga residencia efectiva, normal y habitual en la ciudad de Venado
Tuerto. En virtud de ello, deberá acreditar su calidad de artesano y/o
productor local con la documentación que a esos efectos se le
solicitará".

Art. 2º.- Agréguese a la redacción final del artículo Nº 8 de la
Ordenanza Nº 2874 el siguiente párrafo:
"Tendrá una reducción del cincuenta por ciento (50%) por el concepto de
tasa de espacio público para el Sistema de Ferias Municipales
permanente o transitorio toda persona con capacidades diferentes que
quiera ingresar o se encuentre comprendida en la presente Ordenanza".

Art. 3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el
día primero del mes de noviembre del año dos mil seis.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente Nº 3254-C-00

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA