Ordenanza
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Ordenanza Nº 3466/06 - DEROGA LA ORDENANZA 3282/05 QUE DECLARA EN ESTADO DE EMERGENCIA AL TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS.
Visto:
La vigencia de la Ordenanza Nº 3282/2005, y;
Considerando:
Que la mencionada norma declaró la emergencia del servicio de
transporte urbano de pasajeros de la ciudad de Venado Tuerto.
Que en función de tal emergencia, y con el fin de cumplir con este
servicio esencial para la ciudadanía, se autorizó con facultades
extraordinarias al Poder Ejecutivo Municipal para adquirir seis
unidades vehiculares por un valor de pesos trescientos mil ($
300.000,00) para suplir tal problemática.
Que como es de estado público, estas unidades no cumplieron con las
expectativas previstas para la solución del servicio, presentando
deficiencias reconocidas por el Poder Ejecutivo Municipal.
Que el art. 3 de dicha Ordenanza establece que se debe convocar a la
Comisión de Transporte para la búsqueda de la normalización del
sistema, la cual ha sido obviada por parte del Poder Ejecutivo
Municipal.
Que en los considerandos de la norma referida se deja de manifiesto la
crisis por la que atraviesa el servicio concesionado, aclarando que el
mismo está sujeto a regulación municipal. También se establece que las
plantas motrices de las unidades del servicio necesitan reparaciones
que, de no concretarse, provocará la suspensión de algunos de los
servicios al no haber vehículos de reemplazo.
Que en dicha Ordenanza se aclara que "el Municipio, como titular del
servicio, se halla en la necesidad de adoptar medidas, gestiones y
acciones tendientes a garantizar el mantenimiento en condiciones de
generalidad, accesibilidad y regularidad del servicio, aunque estas
sean medidas extraordinarias y de carácter temporal".
Que el art. 1º declara en emergencia el sistema de transporte urbano de
pasajeros en la ciudad de Venado Tuerto, y el art. 2 autoriza al
Departamento Ejecutivo Municipal a "adoptar con carácter extraordinario
las medidas tendientes a garantizar la prestación del servicio público,
procurando la generalidad, regularidad y accesibilidad del servicio
para los usuarios".
Que la adquisición de unidades antes mencionada no ha significado la
recomposición del servicio. En la actualidad se cuenta con doce
unidades, es decir, el doble con respecto al año 2005, con un servicio
que en nada ha mejorado. A esto debemos sumar la erogación que supuso
la compra realizada por el municipio local.
Que este Concejo Municipal ha solicitado a la administración pública
local en reiteradas oportunidades que informe, entre otros, el estado
de las unidades o el costo de las reparaciones efectuadas, sin recibir
respuesta alguna.
Que en distintos medios periodísticos, el señor Secretario de Gobierno
planteó la intención del municipio de adquirir nueve unidades para
agregar al parque afectado al servicio, salida que sólo ofrece
erogaciones extras a las arcas municipales y que podría aportar la
misma solución al servicio que la anterior adquisición.
Que las soluciones buscadas no contemplarían una solución integral del
sistema, constituyendo salidas caras y exentas de una planificación.
Que por lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de
sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1º.- Deróguese la Ordenanza Nº 3282/2005.
Art.2º.- Comuníquese, publíquese, archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a
los quince días del mes de noviembre del año dos mil seis.
La vigencia de la Ordenanza Nº 3282/2005, y;
Considerando:
Que la mencionada norma declaró la emergencia del servicio de
transporte urbano de pasajeros de la ciudad de Venado Tuerto.
Que en función de tal emergencia, y con el fin de cumplir con este
servicio esencial para la ciudadanía, se autorizó con facultades
extraordinarias al Poder Ejecutivo Municipal para adquirir seis
unidades vehiculares por un valor de pesos trescientos mil ($
300.000,00) para suplir tal problemática.
Que como es de estado público, estas unidades no cumplieron con las
expectativas previstas para la solución del servicio, presentando
deficiencias reconocidas por el Poder Ejecutivo Municipal.
Que el art. 3 de dicha Ordenanza establece que se debe convocar a la
Comisión de Transporte para la búsqueda de la normalización del
sistema, la cual ha sido obviada por parte del Poder Ejecutivo
Municipal.
Que en los considerandos de la norma referida se deja de manifiesto la
crisis por la que atraviesa el servicio concesionado, aclarando que el
mismo está sujeto a regulación municipal. También se establece que las
plantas motrices de las unidades del servicio necesitan reparaciones
que, de no concretarse, provocará la suspensión de algunos de los
servicios al no haber vehículos de reemplazo.
Que en dicha Ordenanza se aclara que "el Municipio, como titular del
servicio, se halla en la necesidad de adoptar medidas, gestiones y
acciones tendientes a garantizar el mantenimiento en condiciones de
generalidad, accesibilidad y regularidad del servicio, aunque estas
sean medidas extraordinarias y de carácter temporal".
Que el art. 1º declara en emergencia el sistema de transporte urbano de
pasajeros en la ciudad de Venado Tuerto, y el art. 2 autoriza al
Departamento Ejecutivo Municipal a "adoptar con carácter extraordinario
las medidas tendientes a garantizar la prestación del servicio público,
procurando la generalidad, regularidad y accesibilidad del servicio
para los usuarios".
Que la adquisición de unidades antes mencionada no ha significado la
recomposición del servicio. En la actualidad se cuenta con doce
unidades, es decir, el doble con respecto al año 2005, con un servicio
que en nada ha mejorado. A esto debemos sumar la erogación que supuso
la compra realizada por el municipio local.
Que este Concejo Municipal ha solicitado a la administración pública
local en reiteradas oportunidades que informe, entre otros, el estado
de las unidades o el costo de las reparaciones efectuadas, sin recibir
respuesta alguna.
Que en distintos medios periodísticos, el señor Secretario de Gobierno
planteó la intención del municipio de adquirir nueve unidades para
agregar al parque afectado al servicio, salida que sólo ofrece
erogaciones extras a las arcas municipales y que podría aportar la
misma solución al servicio que la anterior adquisición.
Que las soluciones buscadas no contemplarían una solución integral del
sistema, constituyendo salidas caras y exentas de una planificación.
Que por lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de
sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1º.- Deróguese la Ordenanza Nº 3282/2005.
Art.2º.- Comuníquese, publíquese, archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a
los quince días del mes de noviembre del año dos mil seis.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente Nº 353-I-92
- Derogada: NO
- Vetada: NO