Ordenanza

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Ordenanza Nº 3888/10 - Habilita un número de teléfono gratuitpo que se denominará NUMERO UNICO DE EMERGENCIA MUNICIPAL.

Visto:
El derecho y responsabilidad que tienen los ciudadanos de denunciar cualquier tipo de actividad ilícita que se llevare a cabo en el ámbito de esta ciudad, y;

Considerando:
Que debiera ser posible realizar todo tipo de denuncias por fuera del horario de atención de la Municipalidad.
Que por cuestiones que hacen al horario y/o a la incomodidad que para algunos significa dirigirse a las oficinas de la Municipalidad de Venado Tuerto, puedan pasarse por alto la realización de dichas denuncias.
Que muchas veces se requiere la comprobación inmediata de las denuncias, cuestión actualmente muy difícil en horarios nocturnos o durante los fines de semana.
Que en ciertas oportunidades los interesados en hacer dichas denuncias, pueden no saber a quién dirigirse específicamente, o como proceder a su realización.
Que ante la necesidad de denunciar un hecho ilícito, los posibles denunciantes dejan de hacerlo por miedo a ser expuestos o a sufrir represalias de parte de los denunciados; debiéndoseles brindar entonces un cierto grado de anonimato.
Que la creación de una línea de teléfono gratuita y debidamente conocida permitiría establecer una vía rápida de contacto entre la ciudadanía y la Municipalidad con el objeto de detectar irregularidades y prevenir situaciones de riesgo con la mayor inmediatez posible.
Que en base a lo expuesto en los anteriores considerandos, y para la realización de aquellas denuncias que no requieran constatación inmediata, el ciudadano podría valerse de internet como medio de contacto con la Municipalidad.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

O R D E N A N Z A

Art. 1°- Habilítese un número de teléfono gratuito que se denominará “Número Único de Emergencia Municipal”.

Art. 2°- Utilícese esta línea para el tipo de denuncias detallas a continuación, las cuales serán derivadas por quienes las recepcionen a las áreas municipales correspondientes, o en su defecto a la dependencia policial pertinente.
Las denuncias deberán estar referidas a irregularidades o faltas en el cumplimiento de la normativa vigente en relación a:
• Las condiciones de seguridad, higiene y funcionamiento de establecimientos comerciales;
• La situación higiénico-sanitaria de los establecimientos que elaboran, fraccionan, venden o comercializan alimentos;
• Las obras civiles de arquitectura;
• La calidad ambiental de la ciudad en materia de contaminación, higiene y salubridad;
• Venta de alcohol o material pornográfico a menores de edad;
• Seguridad Vial;
• Emergencias en vía pública: árboles, ramas, carteles, estructuras, marquesinas, postes de luz o cables caídos o por caer, y las emergencias edilicias: derrumbes, caída de balcones, caída de mampostería, colapso de estructuras, escape de gas, explosión, incendios, etc.
• Infracciones de tránsito;
• Discriminación;
• Obstrucción de la vía pública;
• Actos de Corrupción de funcionarios y agentes de distintas secretarías.

Art. 3°- Créese un sistema de denuncias on line denominado “Sistema Único de Denuncias” en la página web de la Municipalidad de Venado Tuerto, según el esquema propuesto en el ANEXO 1.

Art. 4°- Procédase a constatar la validez de los datos aportados -cuando se denuncia vía web-, previo a remitir la denuncia a la secretaría respectiva. Cuando fuere necesario, se podrán requerir por esta misma vía datos complementarios que resulten imprescindibles para la investigación. En caso de que en las 72 horas hábiles posteriores a solicitarse esos datos, los mismos no fueran aportados, la denuncia será desestimada sin más trámite.

Art. 5°- Otórguese al ciudadano un número de identificación de su denuncia a partir del cual pueda hacer un seguimiento de la misma vía telefónica o vía web.

Art. 6°- Identifíquense con un autoadhesivo diseñado por el DEM los comercios que dispongan de teléfonos que puedan ser suministrados a los efectos de realización de las denuncias.

Art. 7°- Realícese una campaña de información a la sociedad acerca del funcionamiento del “Número Único de Emergencia Municipal” y de la plataforma de denuncias web.

Art. 8°- Facúltese al DEM a ampliar la lista de irregularidades o faltas que pueden ser denunciadas según lo considere conveniente.

Art. 9°- Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintinueve días del mes de setiembre del año dos mil diez.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 3800-C-02

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA