Ordenanza
Ordenanza Nº 3911/10 - RECONOCE LA ACTIVIDAD DESARROLLADA POR EL GRUPO CIVIL PUENTES DEL ALMA
Visto:
La labor solidaria y humanitaria que desde hace 17 años viene desarrollando el grupo civil Puentes del Alma en beneficio de escuelas de fronteras y comunidades de los habitantes originarios en Chaco; y,
Considerando:
Que Puentes del Alma es un servicio educativo - solidario y se basa en los principios de la educación de inclusión y la solidaridad, fortaleciendo la dignidad humana de los pueblos originarios del NOA y del “impenetrable” chaqueño, cuyo objetivo es brindar una mejor calidad de vida, educación y salud.
Que esta entidad nació de la preocupación de docentes y de familias de la región que se interesaron en la crítica situación por la que atravesaban escuelitas de fronteras en las provincias de Salta y Jujuy.
Que en forma paulatina se sumaron otras personas que quisieron colaborar con tan humanitaria tarea, entre ellos profesionales de la salud, docentes y técnicos, dado que no sólo llevan cosas materiales, sino que también en cada viaje se les brinda servicios medico y técnicos a los que pueden acceder una vez al año cuando la comitiva de Puentes del Alma llega con sus cargas a lomo de mula al corazón de las montañas del norte argentino.
Que gracias a su estímulo, apoyo material y espiritual han logrado que por lo menos seis escuelitas del norte argentino y sus pequeñas comunidades hayan encontrado respuesta a su búsqueda de acceder a una vida digna y educación igualitaria.
Que la labor de los pontinos no se limitó al noroeste argentino, sino que apostaron doble y desde hace dos años, una vez al año, viajan a Mirasoles en el “impenetrable” del Chaco, donde los alumnos de una comunidad aborigen aprendían a leer y escribir en una desvencijada choza de barro. Gracias al apoyo y gestión del grupo, por primera vez hace un año atrás pudieron izar la bandera y escuchar las estrofas del himno argentino en un reproductor a pilas.
Que a esa comunidad se le llevó un molino para que puedan extraer agua y almacenarla en tanque también donados, porque el agua es escasa y generalmente contaminada. También se le brinda apoyo médico de parte de voluntarios que van en cada viaje.
Que más allá del objetivo inicial de este proyecto de apoyar a las escuelas de fronteras, Puentes del Alma se encontró que también hay necesidades familiares detrás de cada niño. Así, cada año trabajan en la búsqueda de donación de alimentos no perecederos, medicamentos, ropa, ropa de cama, muebles, útiles escolares, libros, juguetes, materiales para la construcción, calzado, grupos electrógenos, electrodomésticos, mangueras; bicicletas, elementos y materiales para la construcción.
Que este grupo solidario gestiona y obtiene apoyo no sólo de Venado Tuerto sino también de la región, ya que son casi diez las localidades vecinas que también colaboran, lo que genera una inmensa red solidaria en apoyo, educación y justicia social que nuestros hermanos merecen.
Que desde el inicio los voluntarios de Puente del Alma trabajan convencidos que todos tienen derechos a una mejor calidad de vida respetando la identidad de cada lugar, aprendiendo de la cultura aborigen en sí y del proceso de pertenencia que todos los argentinos deben cuidar y cultivar.
Que donde no llega el Estado siempre aparecen a cubrir esos espacios de necesidad social estas entidades que, dotadas de gente solidaria y voluntariosa, dona su tiempo, se costea los gasto del viaje, pone el cuerpo y el alma con el único fin de conseguir que a miles de kilómetros centenares de chiquillos tengan la misma posibilidad y derecho que sus hijos de aprender a leer en un libro nuevo, de ver tele, comer comida caliente y nutritiva y tomar agua potable, recibir atención médica y forjarse un futuro.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art. 1º.- Reconózcase la actividad que desde hace 17 años desarrolla el grupo civil Puentes del Alma de la ciudad de Venado Tuerto en apoyo a escuelas de fronteras y comunidades originarias, respetando sus costumbres y fomentado sentido de pertenencia.
Art. 2º.- Bríndese el apoyo necesario para que se consoliden y le den un marco legal su actividad social y solidaria.
Art. 3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil diez.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 4424-C-08
- Derogada: NO
- Vetada: NO