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Ordenanza Nº 2994/02 - ESFUERZO PROPIO

VISTO:

Que los habitantes del grupo habitacional denominado Esfuerzo Propio no
tienen documentación que certifique la propiedad de las viviendas; y

CONSIDERANDO:

Que en entre los años 1979 y 1983 mediante decretos del Departamento
Ejecutivo Municipal se realizaron veinticuatro decretos de adjudicación
a título gratuito de terrenos de propiedad municipal a familias
carenciadas.

Que los adjudicatarios recibieron el inmueble previa suscripción de un
Comodato por el cual los adjudicatarios debían comprometerse a edificar
su casa habitación de material y no de tipo rancho.

Que la cláusula segunda del comodato dice que el Municipio se reserva
el derecho de dar por rescindido el presente contrato con una
notificación de sesenta (60) días de anticipación.

Que la cláusula quinta dice que transcurrido veinticuatro meses de
finalizada la construcción de la unidad habitacional de conformidad a
los planos y normas establecidas por la MUNICIPALIDAD y constatado por
el Servicio Social la permanencia del adjudicatario en la misma, éste
podrá solicitar de la Municipalidad se le otorgue la escritura
traslativa de dominio con carácter gratuito y gastos notariales a cargo
de ella.

Que existe un grupo de vecinos que permanecen habitando las viviendas
que construyeron conforme al contrato de comodato.

Que existe el antecedente que para los beneficiarios comprendidos en
los programas 005-MS y AS de Erradicación de Ranchos se consolidó el
carácter jurídico de quienes ocupan las viviendas otorgando a los
mismos la posesión de los respectivos inmuebles a título de
propietarios.

Que por todo ello, el Concejo Municipal, en uso de sus facultades y
atribuciones ha sancionado la presente:

O R D E N A N Z A

Art. 1º.- Otórgase la posesión de las viviendas a título de propietario
a los vecinos del barrio Esfuerzo Propio que se detallan en hoja
adjunta y que pasa a ser parte integrante de la presente como anexo I
.-

Art.2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a comenzar con
la elaboración de las escrituras traslativas de dominio a los
propietarios de las viviendas, con carácter gratuito a los
beneficiarios.-

Art.3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

Se sanciona la presente ORDENANZA Nº 2994-02, en la Sala de Sesiones
del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los dieciséis días del mes de
octubre del año dos mil dos.-

Información adicional

  • Expediente: Exp. 3847-C-02
  • Derogada: No

Concejo Municipal | Sarmiento 698 | TEL: 03462 - 438648 | Venado Tuerto | Santa Fé | Argentina

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