Ordenanza
Starter Section
Art.1º.- Cédase en propiedad al Ministerio de Educación y Cultura de la
Gobernación de Santa fe, la Reserva Municipal Nº 31 - lote H - ubicado
en la chacra 31 con frentes sobre calles Nros. 43 - 14 y 41, de 60
metros por 58,61metros.-
Art.2º.- En el citado lugar, la Escuela de Educación Especial para
Formación Laboral Nº 44, a través del Ministerio mencionado en el art.
1º. Se obliga a la construcción de su edificio propio, según planos que
al efecto se ejecuten, debiendo comenzarse las obras respectivas dentro
de los dos (2) años a contar desde la fecha de promulgación de la
presente y estar incluidas dentro de los cuatro (4) años a partir de la
misma fecha, caso contrario la presente norma legal quedará sin efecto
automáticamente, pasando nuevamente al dominio municipal el pedido
citado.-
Art.3º.- Derógase la Ordenanza Nº 2025-92.-
Art.4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
FUNDAMENTOS:
La señora Directora de la Escuela de Educación Especial para Formación
Laboral Nº 44, presentó una nota solicitando la modificación de la
Ordenanza Nº 2025-92.-
Por ésta, la Municipalidad de Venado tuerto le cede a dicha escuela la
Reserva Municipal Nº 31 - lote H - ubicado en la chacra 31, con frente
a calles Nros. 43, 14 y 41, de 60 metros por 58,61metros.-
Dicha cesión estaba condicionada a la construcción del edificio propio
de la escuela en un plazo establecido por la mencionada ordenanza.-
Tal construcción no pudo iniciarse, en virtud de que el Ministerio de
Educación y Cultura de la Provincia de Santa Fe, exige para otorgar el
subsidio pertinente, la cesión al mismo, de la propiedad del terreno.-
En razón de lo expuesto, es necesario prorrogar por dos años más los
plazos establecidos en el art. 2º de la ordenanza vista.-
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso
de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente ORDENANZA
Nº 2223-94, en la Sala de Sesiones, a los diez días del mes de marzo
del año mil novecientos noventa y cuatro.-
Gobernación de Santa fe, la Reserva Municipal Nº 31 - lote H - ubicado
en la chacra 31 con frentes sobre calles Nros. 43 - 14 y 41, de 60
metros por 58,61metros.-
Art.2º.- En el citado lugar, la Escuela de Educación Especial para
Formación Laboral Nº 44, a través del Ministerio mencionado en el art.
1º. Se obliga a la construcción de su edificio propio, según planos que
al efecto se ejecuten, debiendo comenzarse las obras respectivas dentro
de los dos (2) años a contar desde la fecha de promulgación de la
presente y estar incluidas dentro de los cuatro (4) años a partir de la
misma fecha, caso contrario la presente norma legal quedará sin efecto
automáticamente, pasando nuevamente al dominio municipal el pedido
citado.-
Art.3º.- Derógase la Ordenanza Nº 2025-92.-
Art.4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
FUNDAMENTOS:
La señora Directora de la Escuela de Educación Especial para Formación
Laboral Nº 44, presentó una nota solicitando la modificación de la
Ordenanza Nº 2025-92.-
Por ésta, la Municipalidad de Venado tuerto le cede a dicha escuela la
Reserva Municipal Nº 31 - lote H - ubicado en la chacra 31, con frente
a calles Nros. 43, 14 y 41, de 60 metros por 58,61metros.-
Dicha cesión estaba condicionada a la construcción del edificio propio
de la escuela en un plazo establecido por la mencionada ordenanza.-
Tal construcción no pudo iniciarse, en virtud de que el Ministerio de
Educación y Cultura de la Provincia de Santa Fe, exige para otorgar el
subsidio pertinente, la cesión al mismo, de la propiedad del terreno.-
En razón de lo expuesto, es necesario prorrogar por dos años más los
plazos establecidos en el art. 2º de la ordenanza vista.-
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso
de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente ORDENANZA
Nº 2223-94, en la Sala de Sesiones, a los diez días del mes de marzo
del año mil novecientos noventa y cuatro.-
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 1017-I-93
- Derogada: NO
- Vetada: NO