Ordenanza
Starter Section
Art.1º.- Exímese del pago de aranceles municipales correspondientes al
otorgamiento de la licencia de conductor y su renovación a los agentes
que deban solicitarla para cumplir servicios en cualquier organismo
dependiente de la Municipalidad de Venado Tuerto.-
Art.2º.- El beneficio se extenderá el tiempo que el agente se desempeñe
en la función que lo ha motivado.-
Art.3º.- La solicitud deberá ser ratificada por la autoridad superior
del área de organización donde actúe el agente peticionante.-
Art.4º.- Derogase la Ordenanza Nº 2222-93.-
Art.5º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
FUNDAMENTOS:
El proyecto de ordenanza que se presentó, en la práctica tiene
ejecución por parte de la administración municipal, que a través de las
áreas respectivas, absorve los costos generados por la extensión de la
licencia de conductor y la renovación, en su caso, que tramita el
personal afectado a la función específica de choferes en reparticiones
de la Comuna.-
Si bien puede existir la presunción del derecho adquirido, entendemos
que la actitud comprensiva y solidaria de las autoridades del Municipio
beneficiando a estos agentes en la obtención sin cargo de lo que
daremos en llamar "elemento de trabajo", debe ampararse con una
normativa que no los deje librados a la decisión de los gobernantes de
turno.-
El departamento Ejecutivo Municipal, a través del Decreto Nº 020/94,
observa parcialmente (VETO PARCIAL) el artículo 1º de la Ordenanza Nº
2222-93. cuya observación es aceptada por el Honorable Concejo
Municipal por unanimidad. En virtud d e ello y a los efectos de un
mayor desenvolvimiento administrativo en cuanto al manejo de las
ordenanzas vigentes, se estima conveniente derogar la norma observada y
otorgarle un nuevo número al texto ordenando, que facilite su
aplicación, sin necesidad de hacerlo con dos textos para su correcta
interpretación.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal, a los
veintidós días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y
cuatro.-
otorgamiento de la licencia de conductor y su renovación a los agentes
que deban solicitarla para cumplir servicios en cualquier organismo
dependiente de la Municipalidad de Venado Tuerto.-
Art.2º.- El beneficio se extenderá el tiempo que el agente se desempeñe
en la función que lo ha motivado.-
Art.3º.- La solicitud deberá ser ratificada por la autoridad superior
del área de organización donde actúe el agente peticionante.-
Art.4º.- Derogase la Ordenanza Nº 2222-93.-
Art.5º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
FUNDAMENTOS:
El proyecto de ordenanza que se presentó, en la práctica tiene
ejecución por parte de la administración municipal, que a través de las
áreas respectivas, absorve los costos generados por la extensión de la
licencia de conductor y la renovación, en su caso, que tramita el
personal afectado a la función específica de choferes en reparticiones
de la Comuna.-
Si bien puede existir la presunción del derecho adquirido, entendemos
que la actitud comprensiva y solidaria de las autoridades del Municipio
beneficiando a estos agentes en la obtención sin cargo de lo que
daremos en llamar "elemento de trabajo", debe ampararse con una
normativa que no los deje librados a la decisión de los gobernantes de
turno.-
El departamento Ejecutivo Municipal, a través del Decreto Nº 020/94,
observa parcialmente (VETO PARCIAL) el artículo 1º de la Ordenanza Nº
2222-93. cuya observación es aceptada por el Honorable Concejo
Municipal por unanimidad. En virtud d e ello y a los efectos de un
mayor desenvolvimiento administrativo en cuanto al manejo de las
ordenanzas vigentes, se estima conveniente derogar la norma observada y
otorgarle un nuevo número al texto ordenando, que facilite su
aplicación, sin necesidad de hacerlo con dos textos para su correcta
interpretación.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal, a los
veintidós días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y
cuatro.-
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 890-C-93
- Derogada: NO
- Vetada: NO