Ordenanza
Starter Section
Art.1º.- Homológuese el convenio suscripto entre la Municipalidad de
Venado Tuerto y la Fundación Banco Integrado Departamental, mediante el
cual la primera cede a esta última un sector de la chacra 30 del plano
oficial de la ciudad de Venado tuerto, identificado como manzana L en
el plano de mensura Nº 127343 del Departamento Topográfico de la
Dirección Provincial de Catastro.-
Art.2º.- El convenio a que refiere el art. 1º es parte integrante de
esta ordenanza como Anexo I y el inmueble cedido será destinado por
cuenta y cargo de la Fundación banco Integrado Departamental, a la
construcción de un "Centro Asistencial de Alta Complejidad" y sujeto a
las disposiciones vigentes según Ordenanza Nº 1747/88.-
Art.3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
FUNDAMENTOS:
La Fundación banco Integrado Departamental ha encarado uno de los más
grandes desafíos registrados en nuestra comunidad en materia sanitaria,
a través de la construcción de un Centro Asistencial de Alta
Complejidad.-
Atento a ello y en el marco de la Asistencia Social a que debe
propender el poder público, se ha celebrado un convenio entre la
entidad intermedia y la Municipalidad de Venado Tuerto, por la que ésta
cede a la primera un terreno destinado a la construcción del complejo
sanitario.-
Es así que la Municipalidad de Venado tuerto cede a la Fundación del
Banco Integrado Departamental parte de la chacra 30 del plano de la
ciudad, identificado como manzana L y cuya superficie es de 9.175, 04
m2.-
El convenio firmado se encuentra sujeto a las disposiciones de la
Ordenanza Nº 1747/88 y como contraprestación, la Fundación se
compromete a prestar atención gratuita a toda la gama de servicios a
los pacientes que así lo requieran y que certifiquen la escasez de
recursos y la falta de cobertura social a través de un informe
socio-económico practicado por profesionales idóneos (Asistentes
Sociales).-
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido
en la Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones,
ha sancionado la presente ORDENANZA Nº 2235-94, a los veintinueve días
del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro.-
Venado Tuerto y la Fundación Banco Integrado Departamental, mediante el
cual la primera cede a esta última un sector de la chacra 30 del plano
oficial de la ciudad de Venado tuerto, identificado como manzana L en
el plano de mensura Nº 127343 del Departamento Topográfico de la
Dirección Provincial de Catastro.-
Art.2º.- El convenio a que refiere el art. 1º es parte integrante de
esta ordenanza como Anexo I y el inmueble cedido será destinado por
cuenta y cargo de la Fundación banco Integrado Departamental, a la
construcción de un "Centro Asistencial de Alta Complejidad" y sujeto a
las disposiciones vigentes según Ordenanza Nº 1747/88.-
Art.3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
FUNDAMENTOS:
La Fundación banco Integrado Departamental ha encarado uno de los más
grandes desafíos registrados en nuestra comunidad en materia sanitaria,
a través de la construcción de un Centro Asistencial de Alta
Complejidad.-
Atento a ello y en el marco de la Asistencia Social a que debe
propender el poder público, se ha celebrado un convenio entre la
entidad intermedia y la Municipalidad de Venado Tuerto, por la que ésta
cede a la primera un terreno destinado a la construcción del complejo
sanitario.-
Es así que la Municipalidad de Venado tuerto cede a la Fundación del
Banco Integrado Departamental parte de la chacra 30 del plano de la
ciudad, identificado como manzana L y cuya superficie es de 9.175, 04
m2.-
El convenio firmado se encuentra sujeto a las disposiciones de la
Ordenanza Nº 1747/88 y como contraprestación, la Fundación se
compromete a prestar atención gratuita a toda la gama de servicios a
los pacientes que así lo requieran y que certifiquen la escasez de
recursos y la falta de cobertura social a través de un informe
socio-económico practicado por profesionales idóneos (Asistentes
Sociales).-
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido
en la Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones,
ha sancionado la presente ORDENANZA Nº 2235-94, a los veintinueve días
del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro.-
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 1108-I-94
- Derogada: NO
- Vetada: NO