Ordenanza

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FUNDAMENTOS:

Motiva la presente la solicitud elevada al Departamento Ejecutivo
Municipal por el Sindicato de Mecánicos y Afines del transporte
Automotor en dirección a obtener terrenos municipales para la
construcción de viviendas dirigidas a sus afiliados.-

Es conocida por este Cuerpo la preocupación del Departamento Ejecutivo
Municipal en lo relacionado a la falta de opciones de los trabajadores
para acceder a la vivienda propia.

También es preocupante la falta de fuentes de financiación que
canalicen las ponderables inquietudes de las asociaciones intermedias,
en este caso un Sindicato,. Por ello ante la solicitud mencionada y
atento a que la cantidad de terrenos solicitada es posible de
satisfacer con reservas municipales disponibles en el sector sur de la
ciudad y en una zona de desarrollo apto para la actividad residencia,
se sanciona la presente:

O R D E N A N Z A

Art.1º.- Cédese al Sindicato de Mecánicos y Afines del transporte
Automotor (SMATA) Seccional Venado Tuerto, dos fracciones de terrenos
descriptas en el art. 2º, con destino a gestionar la construcción de 38
viviendas según proyecto adjunto en expediente Nº 68.259/93 orientado a
satisfacer la demanda de viviendas para sus afiliados, previa renuncia
documentada de todo derecho y/ o acción que hubieren pretendido y/o
correspondido sobre los lotes cedidos por Ordenanza Nº 1722/87 (chacra
38).-

Art.2º.- Los terrenos cedidos son: a) manzana 1106 de la chacra 80
ubicada en calles Juan B. Alberdi y Vieytes, entre Patricio Boyle y
calle 106, cuyas medidas son de 100 mts. por 33,90 mts. cuya superficie
total es de 3390 m2; y b) manzana 1107 de la chacra 80 ubicada en
calles Juan B. Alberdi y Vieytes entre calles 104 y 106, cuyas medidas
son de 105,30 mts. por 33,90 mts haciendo una superficie total de
3.569,67 m2.-

Art.3º.- La cesión se efectúa por el término de dos años desde la
promulgación de la presente ordenanza, La misma tendrá principio de
ejecución a partir del comienzo efectivo de la obra. Sin perjuicio de
ello, SMATA deberá presentar a la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y
Vivienda, dentro del año de promulgada la presente ordenanza, el plan
de gestión de recursos definitivo, el proyecto ajustado de obras e
inversiones y un listado de aspirantes a la adjudicación fd las
viviendas, quienes como condición limitante no deberán ser propietarios
de unidad habitacional alguna. Vencidos dichos plazos e incumplidos los
términos de la presente ordenanza, la Municipalidad quedará habilitada
de pleno derecho para la revocación de la misma.-

Art.4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Venado
Tuerto, a los doce días del mes de abril del año mil novecientos
noventa y cuatro.-

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 798-I-93

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA