Ordenanza
Starter Section
VISTO:
La conocida renovación del parque automotor de la Municipalidad de
Venado Tuerto, conforme la prescripto por OrdenanzaS Nros. 2188-93 y
2192-93; y
CONSIDERANDO:
Que esa adquisición significa garantizar una prestación de servicios
públicos encaminada a preservar condiciones de higiene, seguridad y
salud entre otras que resultan impostergables en todo el ámbito de la
ciudad y que dignifican la calidad de vida de los ciudadanos
venadenses.
Que tales bienes en un todo conforme con lo determinado por el art. 43º
y cc de la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley 2756) se encuentran
afectados a servicios de uso público tal como la recolección de
residuos, barrido y limpieza de la ciudad. Canalizaciones, zanjeos,
pavimentación y en general toda prestación que efectúe la
administración para satisfacer una necesidad de interés general.-
Que por tanto es menester sancionar una norma legal destinada al amparo
de bienes afectados al uso público.-
Que por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Venado Tuerto, en
uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente:
O R D E N A N Z A
Art.1º.- Dispónese la afectación a uso y prestaciones de servicios
públicos, de los bienes adquiridos conforme las Ordenanzas Nros,
2188-93 y 2192-93 y que componen el parque rodante de la Municipalidad
de Venado Tuerto.-
Art.2º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a
los veinticuatro días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y
cuatro.-
La conocida renovación del parque automotor de la Municipalidad de
Venado Tuerto, conforme la prescripto por OrdenanzaS Nros. 2188-93 y
2192-93; y
CONSIDERANDO:
Que esa adquisición significa garantizar una prestación de servicios
públicos encaminada a preservar condiciones de higiene, seguridad y
salud entre otras que resultan impostergables en todo el ámbito de la
ciudad y que dignifican la calidad de vida de los ciudadanos
venadenses.
Que tales bienes en un todo conforme con lo determinado por el art. 43º
y cc de la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley 2756) se encuentran
afectados a servicios de uso público tal como la recolección de
residuos, barrido y limpieza de la ciudad. Canalizaciones, zanjeos,
pavimentación y en general toda prestación que efectúe la
administración para satisfacer una necesidad de interés general.-
Que por tanto es menester sancionar una norma legal destinada al amparo
de bienes afectados al uso público.-
Que por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Venado Tuerto, en
uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente:
O R D E N A N Z A
Art.1º.- Dispónese la afectación a uso y prestaciones de servicios
públicos, de los bienes adquiridos conforme las Ordenanzas Nros,
2188-93 y 2192-93 y que componen el parque rodante de la Municipalidad
de Venado Tuerto.-
Art.2º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a
los veinticuatro días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y
cuatro.-
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 889-I-93
- Derogada: NO
- Vetada: NO