Ordenanza
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Ordenanza Nº 2282/94 - CREACION DE REGISTRO DE RESIDUOS PELIGROSOS
Art. 1º.- Créese un Registro de Residuos Peligrosos, que funcionará en
el ámbito de la Subsecretaría de Medio Ambiente con las facultades y
obligaciones que se establezcan en esta ordenanza.
Art.2º.- El titular responsable o el titular legal de todo generados de
residuos peligroso establecido o a establecerse en el ejido de la
ciudad de Venado Tuerto deberá presentar en el Registro Público
Municipal de Generadores de Residuos Peligrosos una declaración jurada
en que manifieste:
a) Características físico-químicas y biológicas de cada uno de los
residuos peligrosos generados.
b) Volúmenes y cantidades de cada uno de los residuos peligrosos
generados mensualmente.
c) Proceso de tratamiento efectuados sobre cada uno de los residuos
peligrosos generados y lugar de realización.
d) Manejo y disposición final y/o temporaria de los residuos
peligrosos, hayan sido o no tratados.
Art. 3º.- Todo generador se residuos peligrosos establecido o a
establecerse en el Municipio de Venado Tuerto, será responsable del
tratamiento y disposición final por si a través de terceros de los
residuos peligrosos que genere. Así mismo será responsable de todas las
acciones relacionadas con el manejo de estos residuos peligrosos en
forma segura por si o a través de terceros.
Art. 4º.- El titular responsable o el responsable legal de todo
generador de residuos peligrosos establecido o a establecerse en la
ciudad de Venado Tuerto deberá gestionar y obtener el "Certificado
Ambiental" , que será emitido por la Subsecretaría de Medio Ambiente,
evidenciando por parte del área municipal la aprobación del sistema de
tratamiento, disposición final, manipuleo y almacenamiento en forma
segura que tal que tal generador aplica a los residuos peligrosos.
Art. 5º.- El Departamento Ejecutivo Municipal a través del área
responsable remitirá a conocimiento del Honorable Concejo Municipal los
procedimientos que resulten necesarios para la implementación y puesta
en funcionamiento del Registro Público Municipal de Generadores de
Residuos Peligrosos, incluyendo el régimen de penalidades aplicables y
los sistemas de inspección por los cuales se verifique que los
generadores de residuos peligrosos utilizan los tratamientos y lugares
de disposición final aprobados en los respectivos Certificados
Ambientales.
Art. 6º.- La Subsecretaría de Medio Ambiente efectuará los estudios y
relevamientos necesarios para determinar la cantidad de generadores de
residuos peligrosos que se estima se hallan establecido en el municipio
de Venado Tuerto.
Art. 7º.- La información contenida en el Registro Público Municipal de
Generadores de Residuos Peligrosos será archivada en la Municipalidad
de Venado Tuerto a los fines pertinentes.
Art. 8º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
FUNDAMENTOS
Uno de los grandes temas que integran la lista de problemas comunes que
debe enfrentar el municipio, es sin dudas la protección del ambiente y
dentro de ella un capítulo que debe ser aportado de manera integral lo
constituye el control, el manejo, y el tratamiento y disposición final
de los residuos industriales.
Así muchas veces por no disponer de un sistema técnicamente adecuado
para el tratamiento y disposición de los residuos, las industrias no
han tenido en su momento otra alternativa que la práctica destructiva
observada hasta el presente. Además sin un sistema legislativo completo
y efectivo, los generadores de éste tipo de residuos no fueron
persuadidos - salvo propias desiciones- a modificar sus costumbres
invirtiendo parte de sus recursos en el desarrollo de soluciones para
el problema.
La Municipalidad oportunamente dispuso de un severo control sobre
establecimientos que arrojan sus líquidos sin tratamiento adecuado,
llegando incluso a la adopción de medidas de clausura que actuaron como
correctivo. Pero sin constituirse en una solución integral al problema.
Continúa en el ánimo de las autoridades del Municipio dictar mecanismos
que sin obstaculizar el desenvolvimiento operativo y funcional de las
empresas, permitan ir coordinando su accionar en materia de residuos
contaminantes, de los que no existe una evaluación cuantitativa precisa
pero si de los que se conocen la consecuencia derivadas de su manejo
incorrecto. Para ello se hace necesario establecer sistemas que
aseguren un manejo profesional consiente y efectivo de quienes generan,
transportan o tratan estos residuos.
Muchos de estos mecanismos de control y tratamiento están implantados
por el municipio, existiendo además el espíritu de compresión y
cooperación de los empresarios responsables de la generación de estos
residuos para cambiar sus métodos y para revertir la tendencia del
problema.
Dada en la Sala de Sesiones del HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de VENADO
TUERTO, a los veintisiete días del mes de septiembre del año mil
novecientos noventa y cuatro.
el ámbito de la Subsecretaría de Medio Ambiente con las facultades y
obligaciones que se establezcan en esta ordenanza.
Art.2º.- El titular responsable o el titular legal de todo generados de
residuos peligroso establecido o a establecerse en el ejido de la
ciudad de Venado Tuerto deberá presentar en el Registro Público
Municipal de Generadores de Residuos Peligrosos una declaración jurada
en que manifieste:
a) Características físico-químicas y biológicas de cada uno de los
residuos peligrosos generados.
b) Volúmenes y cantidades de cada uno de los residuos peligrosos
generados mensualmente.
c) Proceso de tratamiento efectuados sobre cada uno de los residuos
peligrosos generados y lugar de realización.
d) Manejo y disposición final y/o temporaria de los residuos
peligrosos, hayan sido o no tratados.
Art. 3º.- Todo generador se residuos peligrosos establecido o a
establecerse en el Municipio de Venado Tuerto, será responsable del
tratamiento y disposición final por si a través de terceros de los
residuos peligrosos que genere. Así mismo será responsable de todas las
acciones relacionadas con el manejo de estos residuos peligrosos en
forma segura por si o a través de terceros.
Art. 4º.- El titular responsable o el responsable legal de todo
generador de residuos peligrosos establecido o a establecerse en la
ciudad de Venado Tuerto deberá gestionar y obtener el "Certificado
Ambiental" , que será emitido por la Subsecretaría de Medio Ambiente,
evidenciando por parte del área municipal la aprobación del sistema de
tratamiento, disposición final, manipuleo y almacenamiento en forma
segura que tal que tal generador aplica a los residuos peligrosos.
Art. 5º.- El Departamento Ejecutivo Municipal a través del área
responsable remitirá a conocimiento del Honorable Concejo Municipal los
procedimientos que resulten necesarios para la implementación y puesta
en funcionamiento del Registro Público Municipal de Generadores de
Residuos Peligrosos, incluyendo el régimen de penalidades aplicables y
los sistemas de inspección por los cuales se verifique que los
generadores de residuos peligrosos utilizan los tratamientos y lugares
de disposición final aprobados en los respectivos Certificados
Ambientales.
Art. 6º.- La Subsecretaría de Medio Ambiente efectuará los estudios y
relevamientos necesarios para determinar la cantidad de generadores de
residuos peligrosos que se estima se hallan establecido en el municipio
de Venado Tuerto.
Art. 7º.- La información contenida en el Registro Público Municipal de
Generadores de Residuos Peligrosos será archivada en la Municipalidad
de Venado Tuerto a los fines pertinentes.
Art. 8º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
FUNDAMENTOS
Uno de los grandes temas que integran la lista de problemas comunes que
debe enfrentar el municipio, es sin dudas la protección del ambiente y
dentro de ella un capítulo que debe ser aportado de manera integral lo
constituye el control, el manejo, y el tratamiento y disposición final
de los residuos industriales.
Así muchas veces por no disponer de un sistema técnicamente adecuado
para el tratamiento y disposición de los residuos, las industrias no
han tenido en su momento otra alternativa que la práctica destructiva
observada hasta el presente. Además sin un sistema legislativo completo
y efectivo, los generadores de éste tipo de residuos no fueron
persuadidos - salvo propias desiciones- a modificar sus costumbres
invirtiendo parte de sus recursos en el desarrollo de soluciones para
el problema.
La Municipalidad oportunamente dispuso de un severo control sobre
establecimientos que arrojan sus líquidos sin tratamiento adecuado,
llegando incluso a la adopción de medidas de clausura que actuaron como
correctivo. Pero sin constituirse en una solución integral al problema.
Continúa en el ánimo de las autoridades del Municipio dictar mecanismos
que sin obstaculizar el desenvolvimiento operativo y funcional de las
empresas, permitan ir coordinando su accionar en materia de residuos
contaminantes, de los que no existe una evaluación cuantitativa precisa
pero si de los que se conocen la consecuencia derivadas de su manejo
incorrecto. Para ello se hace necesario establecer sistemas que
aseguren un manejo profesional consiente y efectivo de quienes generan,
transportan o tratan estos residuos.
Muchos de estos mecanismos de control y tratamiento están implantados
por el municipio, existiendo además el espíritu de compresión y
cooperación de los empresarios responsables de la generación de estos
residuos para cambiar sus métodos y para revertir la tendencia del
problema.
Dada en la Sala de Sesiones del HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de VENADO
TUERTO, a los veintisiete días del mes de septiembre del año mil
novecientos noventa y cuatro.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 1033-93
- Derogada: NO
- Vetada: NO