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Ordenanza Nº 2315/95 - PLAZO PARA RESPUESTAS DEL MUNICIPIO A REQUERIMEINTO DE ESTE CUERPO

FUNDAMENTOS:

Una de las formas de consolidar las instituciones y respetar la forma
republicana de gobierno, es que los poderes tengan entre sçi una
relación armónica basada justamente en que cada uno cumpla su función
en tiempo y forma y esto solamente a través del respeto mutuo que se
deben.-

Cuando ello, por circunstancias varias no se da, y que justamente vale
el ejemplo de los requerimientos de informes por parte de este Cuerpo,
los que se demoran de modo inadecuado en cuanto a sus respuestas, se
torna necesario plasmar una normativa para lo que el uso ha
distorsionado. Por ello es que se estima que diez (10) días resultan
suficientes para garantizar que las respuestas lleguen cuando la
problemática se ha instalado y esto obligatoriamente.-

Por todo ello el Honorable Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso
de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente:

O R D E N A N Z A

Art.1º.- Establécese que a partir de la promulgación de la presente
ordenanza, las Resoluciones y peticiones emanadas del Concejo
Municipal, por medio de las cuales de requieren informes al
departamento Ejecutivo Municipal, Secretarías y/o dependencias públicas
municipales o concesionarias, deberán ser cumplidas dentro de los diez
(10) días hábiles de su recepción por el organismo o entidad de que se
trate, plazo que podrá ser ampliado en diez (10) días hábiles por
razones justificadas mediante resolución fundada del requerido.-

Art.2º.- La evacuación del informe o la remisión de las actuaciones del
expediente, solo podrán ser negadas si existiera justa causa de reserva
o de secreto, circunstancia ésta que deberá ser fundadamente expresada
y ponerse en conocimiento del Concejo Municipal dentro de los cinco (5)
días hábiles posteriores a la recepción del requerimiento que la
origina, quién decidirá o no la pertinencia de la negación.-

Art.3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a
los diecinueve días del mes de septiembre del año mil novecientos
noventa y cinco.-

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 1576-C-95

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA