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Ordenanza Nº 2321/95 - DONA TERRENO AL GOBIERNO PCIAL[1]. PARA ESCUELA MODALIDAD TODOS NIVELES

FUNDAMENTOS:

El barrio Rivadavia, dada su particularidad geográfica. Tiene la imperiosa necesidad de contar con un servicio educativo integral que le permita satisfacer la demanda que en ese sentido se está produciendo. Este Honorable Cuerpo ha trabajado para lograr este objetivo sancionando varias ordenanzas que su ejecución práctica demuestra que se ha arribado a la solución definitiva de la problemática planteada. En el año 1991 se afectó el terreno de calle Monteagudo. Alvear, Lascala y Chacabuco para la construcción de un Complejo Educativo que contemple todos los niveles y modalidades de la enseñanza. En el año 1992 la Ordenanza 2104 cedió una fracción de este lote a la Escuela Técnica Nº 402 con terminalidad en la Industria de la Alimentación. En el año 1993, mediante ordenanza Nº 2218, se cedió la otra parte a la Región VII de Educación y Cultura, para la construcción del nivel inicial y la E.G.B.. Ese mismo año, el ministerio de Educación y Cultura de la Provincia. De Santa Fe implementa la experiencia educativa denominada Complejos Educativos Culturales Integrados y en el año 1994 designa a la Escuela de Educación Técnica Nº 402, el nivel inicial y la E.G-B- como integrantes del C.E.C.I. Nº 31. De esta manera todo lo que se está construyendo es este predio corresponde al C.E.C.I. Nº 31 estando habilitadas las salas de cuatro y cinco años y el primer grado; lo que resta por parte del este Cuerpo es realizar entonces la donación definitiva al Gobierno de la Provincia de Santa Fe.-

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente:


O R D E N A N Z A


Art.1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a donar al Gobierno de la Provincia de Santa Fe, la manzana “N”, manzana catastral Nº 1085 de la chacra 79 del plano oficial de la ciudad.-

Art.2º.- La referida donación se hace para ser transferida expresamente al ministerio de Educación y Cultura de la Provincia de Santa Fe, estando afectada a la construcción y funcionamiento de un servicio educativo integral que contemple todas las modalidades y niveles de enseñanza.-

Art.3º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del Escribano Municipal iniciará los trámites correspondientes para concretar lo estipulados en los artículos 1º y 2º de la presente ordenanza.-

Art.4º- Comuníquese, publíquese y archívese.-


Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiséis días del mes de setiembre del año mil novecientos noventa y cinco.-

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Exp. 1708-V-95

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA