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Ordenanza Nº 2326/95 - MODIF. ORD GRAL. IMPOSITIVA ARANCEL PARA REFACCIONES EN CEMENTERIO

VISTO:

El capítulo III, Art. 18º, Inc. I) de la ordenanza General Impositiva
vigente, que fija un arancel para realizar trabajos de albañilería,
pintura, revestimientos y similares en las sepulturas del Cementerio
Municipal; y

CONSIDERANDO:

Que no resulta conveniente aplicar este arancel a quienes realizan
trabajos de mantenimiento que permiten presentar en orden su monumento
funerario, mejorando además el aspecto estético del cementerio en
general.

Que en el momento de solicitar permiso para construir el monumento
funerario, el contribuyente abona todos los derechos que corresponden y
están fijados en la ordenanza mencionada.-

Que por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Venado Tuerto, en
uso de sus facultades t atribuciones, ha sancionado la presente:

O R D E N A N Z A

Art.1º.- Modifícase el Capítulo III, Art.18º, Inciso i) de la Ordenanza
General Impositiva, el que quedará redactado de la siguiente manera: "
Por trabajos de albañilería, pintura, revestimientos y similares en
monumentos funerarios existentes...." sin cargo.
Si se solicitare el uso de energía eléctrica, se abonará un arancel de
pesos seis ($6).
A efectos del debido control deberá solicitarse siempre el permiso
correspondiente, sin cargo, en administración del cementerio.-

Art.2º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Venado
Tuerto, a los diez días del mes de octubre del año mil novecientos
noventa y cinco.-

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 1435-C-94

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA