Ordenanza

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Ordenanza Nº 2349/96 - CREANDO EL BOLETO DOCENTE PARA EL TRANS. URBANO DE PASAJEROS

Art.1º. Créase el "Boleto Docente" que será de aplicación en todas las
líneas urbanas del Servicio de Trasporte Público Colectivo de Pasajeros
del Distrito Venado Tuerto.

Art.2º. A los efectos de la interpretación y beneficio de la presente
Ordenanza defínase como docente a quienes imparten, dirigen,
supervisan, coordinan u orientan la educación general y la enseñanza
sistematizada, como así también a quienes colaboran directamente en
estas funciones con sujeción a normas pedagógicas.

Art.3º. El boleto de referencia será expedido desde el 1º de marzo y
hasta el 30 de diciembre de cada año, de lunes a viernes y en horario
de 6 a 24, para los docentes que presten servicio de turnos matutinos,
vespertinos y nocturnos.

Art.4º. El pasaje creado por la presente tendrá un valor similar al que
rige para el Boleto Escolar.

Art.5º. Los usuarios de este boleto tendrán idéntica cobertura de
seguro de viaje a la del resto de los pasajeros.

Art.6º. Comuníquese, publíquese y archívese.

FUNDAMENTOS:

La presente normativa está inspirada en la concreción de que el
personal docente de los distintos establecimientos educativos del
medio, merecen ser correspondidos en un reconocimiento igualitario de
beneficio al que rige para los educandos en el valor del pasaje del
servicio urbano del transporte público colectivo de pasajeros existente
en la ciudad.

Con la habilitación del boleto del docente -que cuenta con la
aprobación de los empresarios responsables de la prestación del
servicio- habremos incorporado un instrumento de uso que entendemos
será de valoración y beneficio para los destinatarios del temperamento
adoptado.

Dado en la Sala de Sesiones del HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE VENADO
TUERTO, a los catorce días del mes de febrero del año mil novecientos
noventa y seis.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 1813-C-96

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA