Ordenanza
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Ordenanza Nº 2363/96 - AUTORIZ. AL DEM A VISAR PLANO DE PATAGONIA
Art. 1º. Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a visar
técnicamente el plano de edificación correspondiente al inmueble
propiedad de la S.A. Importadora y Exportadora de la Patagonia,
contemplando la remodelación de la construcción existente en los lotes
A2, B2 y D1b de conformidad a lo actuado en el expediente Nº 78845-S-96
y el anexado Nº 79047-M-96 por la Secretaría de Obras y Servicios
Públicos a través de la Dirección de Obras Privadas.
Art. 2º. La presente autorización implicará la prohibición de ejecutar
nuevas construcciones en el área libre explicitada en el proyecto final
elevado por S.A. Importadora y Exportadora de la Patagonia,
exceptuándose de tal restricción en el caso de restituirse áreas libres
del centro de manzana para ser destinadas a ese fin, actualmente
invadidas por superficies cubiertas, y en condiciones cuantitativas
iguales.
Art. 3º. A través de la Dirección de Planeamiento, Urbanismo y
Vivienda, y la anuencia de la Dirección de Obras Privadas, se tendrá en
cuenta la previsión de la mayor amplitud de espacios verdes en la playa
de estacionamiento, sin que ello implique alterar el proyecto original.
A tal efecto la Asesoría Forestal Municipal controlará que las especies
sembradas se adecuen al ambiente, con el compromiso formal de la
propiedad de optimizar su mantenimiento.
Art. 4º. Comuníquese, publíquese y archívese.
FUNDAMENTOS:
A través de los expedientes Nº 78845-S-96 y 79047-M-96, la S.A.
Importadora y Exportadora de la Patagonia, presenta el proyecto de
obras que se realizan para la remodelación del edificio destinado a
supermercado ubicado en el área de la manzana catastral 417, sector
comprendido por Av. Casey y parcialmente calles Maipú y 25 de Mayo y
solicita se considere la reforma de los locales destinados a depósitos
localizados sobre los lotes A2, B2 y D1b.
La remodelación propuesta implica fundamentalmente la demolición total
de los muros internos y el cambio de la estructura y cubierta de techo,
además de otros trabajos aleatorios necesarios para conformar un nuevo
local de depósito unitario.
Este proyecto conlleva ocupar parcialmente el centro libre de manzana
con construcciones nuevas que superan el concepto de trabajos de
mantenimiento al que reglamentariamente pueden someterse las antiguas
construcciones existentes, oportunamente autorizadas por la
Municipalidad.
A la luz de las normativas vigentes corresponde dejar libres de
edificación las áreas afectadas por el centro de manzana -C.M.- sujetas
a las condiciones de proyecto propuestas por el profesional
interviniente, ya que las disposiciones vigentes en materia de
compensación de áreas del C.M. invadidas por edificaciones no
contemplan las particulares condiciones del proyecto.
A través del análisis realizado sobre el particular, la Dirección de
Obras Privadas de la Municipalidad aporta la demostración que el área
libre con que contaba originalmente el inmueble - entendiendo a éste
como la suma de lotes que integran la unidad funcional de uso - sufre
un importante incremento en virtud de la demolición de construcciones
existentes, que implican que la superficie libre final resulte superior
en un cuarenta y siete por ciento (47%) al valor reglamentariamente
determinado para el centro de la manzana catastral 417.
Existen en la manzana otras áreas libres de deificación, en parte en el
sector afectado a C.M. y otras cuantitativamente mayores fuera de éste,
que dejan traslucir una situación atípica para una manzana céntrica que
verifica bajo porcentaje de ocupación del suelo y además la
inexistencia de edificios de mediana y elevada altura.
El emprendimiento propuesto por la empresa recurrente resulta de
innegable interés para la ciudad, presentándose circunstancias
puntuales favorables para hacer lugar a lo solicitado, condicionando
taxativamente el uso futuro de los espacios libres generados a partir
del proyecto final elevado por la empresa.
Finalmente, el H. Concejo Municipal considera que debe priorizarse la
previsión de "espacios verdes", vale decir, que el ambiente de la playa
de estacionamiento tenga la mayor cantidad posible de canteros y/o
cercos con verdor, debiendo las especies sembradas adecuarse al espacio
y sean debidamente preservadas y conservadas en óptimas condiciones por
la empresa propietaria.
Por todo ello, el H. Concejo Municipal, reunido en la Sala de Sesiones,
y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA Nº 2363-96, a los dieciséis días del mes de abril del año mil
novecientos noventa y seis.
técnicamente el plano de edificación correspondiente al inmueble
propiedad de la S.A. Importadora y Exportadora de la Patagonia,
contemplando la remodelación de la construcción existente en los lotes
A2, B2 y D1b de conformidad a lo actuado en el expediente Nº 78845-S-96
y el anexado Nº 79047-M-96 por la Secretaría de Obras y Servicios
Públicos a través de la Dirección de Obras Privadas.
Art. 2º. La presente autorización implicará la prohibición de ejecutar
nuevas construcciones en el área libre explicitada en el proyecto final
elevado por S.A. Importadora y Exportadora de la Patagonia,
exceptuándose de tal restricción en el caso de restituirse áreas libres
del centro de manzana para ser destinadas a ese fin, actualmente
invadidas por superficies cubiertas, y en condiciones cuantitativas
iguales.
Art. 3º. A través de la Dirección de Planeamiento, Urbanismo y
Vivienda, y la anuencia de la Dirección de Obras Privadas, se tendrá en
cuenta la previsión de la mayor amplitud de espacios verdes en la playa
de estacionamiento, sin que ello implique alterar el proyecto original.
A tal efecto la Asesoría Forestal Municipal controlará que las especies
sembradas se adecuen al ambiente, con el compromiso formal de la
propiedad de optimizar su mantenimiento.
Art. 4º. Comuníquese, publíquese y archívese.
FUNDAMENTOS:
A través de los expedientes Nº 78845-S-96 y 79047-M-96, la S.A.
Importadora y Exportadora de la Patagonia, presenta el proyecto de
obras que se realizan para la remodelación del edificio destinado a
supermercado ubicado en el área de la manzana catastral 417, sector
comprendido por Av. Casey y parcialmente calles Maipú y 25 de Mayo y
solicita se considere la reforma de los locales destinados a depósitos
localizados sobre los lotes A2, B2 y D1b.
La remodelación propuesta implica fundamentalmente la demolición total
de los muros internos y el cambio de la estructura y cubierta de techo,
además de otros trabajos aleatorios necesarios para conformar un nuevo
local de depósito unitario.
Este proyecto conlleva ocupar parcialmente el centro libre de manzana
con construcciones nuevas que superan el concepto de trabajos de
mantenimiento al que reglamentariamente pueden someterse las antiguas
construcciones existentes, oportunamente autorizadas por la
Municipalidad.
A la luz de las normativas vigentes corresponde dejar libres de
edificación las áreas afectadas por el centro de manzana -C.M.- sujetas
a las condiciones de proyecto propuestas por el profesional
interviniente, ya que las disposiciones vigentes en materia de
compensación de áreas del C.M. invadidas por edificaciones no
contemplan las particulares condiciones del proyecto.
A través del análisis realizado sobre el particular, la Dirección de
Obras Privadas de la Municipalidad aporta la demostración que el área
libre con que contaba originalmente el inmueble - entendiendo a éste
como la suma de lotes que integran la unidad funcional de uso - sufre
un importante incremento en virtud de la demolición de construcciones
existentes, que implican que la superficie libre final resulte superior
en un cuarenta y siete por ciento (47%) al valor reglamentariamente
determinado para el centro de la manzana catastral 417.
Existen en la manzana otras áreas libres de deificación, en parte en el
sector afectado a C.M. y otras cuantitativamente mayores fuera de éste,
que dejan traslucir una situación atípica para una manzana céntrica que
verifica bajo porcentaje de ocupación del suelo y además la
inexistencia de edificios de mediana y elevada altura.
El emprendimiento propuesto por la empresa recurrente resulta de
innegable interés para la ciudad, presentándose circunstancias
puntuales favorables para hacer lugar a lo solicitado, condicionando
taxativamente el uso futuro de los espacios libres generados a partir
del proyecto final elevado por la empresa.
Finalmente, el H. Concejo Municipal considera que debe priorizarse la
previsión de "espacios verdes", vale decir, que el ambiente de la playa
de estacionamiento tenga la mayor cantidad posible de canteros y/o
cercos con verdor, debiendo las especies sembradas adecuarse al espacio
y sean debidamente preservadas y conservadas en óptimas condiciones por
la empresa propietaria.
Por todo ello, el H. Concejo Municipal, reunido en la Sala de Sesiones,
y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA Nº 2363-96, a los dieciséis días del mes de abril del año mil
novecientos noventa y seis.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 1865-I-96
- Derogada: NO
- Vetada: NO