Ordenanza
Starter Section
Ordenanza Nº 2371/96 - AGREGANDO ART. 41BIS A ORD. 641
FUNDAMENTOS:
Es común observar frente a los establecimientos escolares en horario de
ingreso y egreso de los alumnos un gran desorden en el tránsito, con
vehículos particulares y de servicio de transportes estacionados en
doble fila, descendiendo los niños de los mismos con los riesgos que
esto implica.
Por lo que solicitamos se establezcan normas que regulen el
estacionamiento frente a las escuelas.
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal en uso de sus facultades
y atribuciones, sanciona la siguiente.
ORDENANZA
Art. 1º. Agréguese como artículo 41º bis de la Ordenanza Nº 641, el
siguiente texto:
Art. 41º Bis.- Frente a los establecimientos educacionales se prohíbe
estacionar media hora antes y después del ingreso y egreso de
escolares. Sólo se permitirá hacerlo para ascenso y descenso de los
niños; debiéndose colocar carteles indicadores de los horarios
establecidos y pintar correspondientemente los cordones.
Art. 2º. Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Venado
Tuerto, a los veintiocho días del mes de mayo del año mil novecientos
noventa y seis.
Es común observar frente a los establecimientos escolares en horario de
ingreso y egreso de los alumnos un gran desorden en el tránsito, con
vehículos particulares y de servicio de transportes estacionados en
doble fila, descendiendo los niños de los mismos con los riesgos que
esto implica.
Por lo que solicitamos se establezcan normas que regulen el
estacionamiento frente a las escuelas.
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal en uso de sus facultades
y atribuciones, sanciona la siguiente.
ORDENANZA
Art. 1º. Agréguese como artículo 41º bis de la Ordenanza Nº 641, el
siguiente texto:
Art. 41º Bis.- Frente a los establecimientos educacionales se prohíbe
estacionar media hora antes y después del ingreso y egreso de
escolares. Sólo se permitirá hacerlo para ascenso y descenso de los
niños; debiéndose colocar carteles indicadores de los horarios
establecidos y pintar correspondientemente los cordones.
Art. 2º. Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Venado
Tuerto, a los veintiocho días del mes de mayo del año mil novecientos
noventa y seis.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 1884-C-96
- Derogada: NO
- Vetada: NO