Ordenanza

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Ordenanza Nº 2375/96 - REALIZAR LA ESTATUA DE LA VIRGEN MARÍA INMACULADA

FUNDAMENTOS:

La estatua que representa a la Virgen María Inmaculada, Santa Patrona
de Venado Tuerto, ubicada en la intersección de Rutas 8 y 33, es motivo
de visita de numerosos fieles católicos, como también una obra de arte
emplazada en una puerta de ingreso a la ciudad.

La remodelación de ese cruce de rutas y la construcción del
distribuidor de tránsito trajo como consecuencia un desplazamiento
relativo de la mencionada obra que ha perdido relevancia en el paisaje
del lugar.

Numerosas personas de la Iglesia Católica y, entre ellas, su Obispo,
tienen la inquietud de recuperar la significación de esa estatua, con
una obra que fuere factible, considerando el proyecto, sus costos y los
recursos para su ejecución.

Para esto debe realizarse la consulta a las concesionarias del servicio
de peaje de las rutas 8 y 33, que para autorizar una relación en ese
nudo vial, por valederas razones de seguridad, necesitan conocer el
objeto del mismo.

En tal sentido debe analizarse la posibilidad de elaborar un
anteproyecto cuya aceptación permitiría a la Municipalidad, dar
respuesta a la feligresía católica que manifiesta permanente su
devoción ante esa estatua, ofreciendo también al viajero una expresión
de la convicción religiosa de esta comunidad.

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso
de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente.

ORDENANZA

Art. 1º. Dispónese la confección de un anteproyecto que considere el
realce de la estatua que representa a la Virgen María Inmaculada, Santa
Patrona de Venado Tuerto, ubicado en Ruta 8 y 33, y su relevancia en el
paisaje del lugar.

Art. 2º. El área pertinente del Departamento Ejecutivo Municipal que
tenga a cargo su ejecución, requerirá de la autoridades del Obispo de
la Diócesis local, su opinión y/o sugerencias sobre las características
que en el contexto general de la técnica y la creatividad del diseño
deben particularizarse, para que el trabajo artístico a realizar
trasunte y armonice, con la imagen, la fe y la devoción de la
feligresía católica.

Art. 3º. Informar a las empresas concesionarias del peaje la iniciativa
dispuesta, solicitando hacer conocer los arbitrios a observarse en
materia de seguridad en la elaboración del anteproyecto que deberá ser
objeto de tratamiento y aprobación.

Art. 4º. Comuníquese, publíquese y archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Venado
Tuerto, a los veinte días del mes de junio del año mil novecientos
noventa y seis.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 1948-C-96

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA