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Ordenanza Nº 2381/96 - COMISIÓN DE SEGUIMIENTO INTERVECINAL

FUNDAMENTOS:

Con fecha 26/03/96 y bajo el mensaje Nº 007-H-96 el Departamento
Ejecutivo Municipal solicita autorización para gestionar la
autorización de un crédito ante el Gobierno de la Provincia para ser
destinado a atender desequilibrios financieros del Municipio.

Posteriormente y por propia decisión, informa que estos fondos serán
destinados a la construcción de obras de distinto carácter en barrios
de la ciudad.

En reuniones mantenidas con la Comisión Intervecinal, sus integrantes
ratificaron el interés en la situación de la Ordenanza respectiva para
la concreción del empréstito referido, como también la voluntad y
decisión de conformar una Comisión de Seguimiento, con sanción
legislativa y con facultades para acordar con el Departamento Ejecutivo
Municipal los lapsos de ejecución de las obras proyectadas y consensuar
sus prioridades, como forma de ejercer su control y de reafirmación de
la participación activa de los núcleos vecinalistas en los programas y
desarrollo del Municipio.

La sanción de la Ordenanza Nº 2379-96 confiere al Departamento
Ejecutivo Municipal la autorización para gestionar la obtención del
crédito de marras.

Ante el compromiso del Departamento Ejecutivo con los vecinalistas y
éste Cuerpo, trasuntado en le nuevo destino que ha prometido dar a
estos fondos y a fin de evitar una modificación en el texto del Mensaje
original (007-H-96) que pudiera entorpecer su tratamiento y aprobación
por el Gobierno de la Provincia, se considera necesario y conveniente
el dictado de la normativa vinculada al tema, que cree la comisión de
seguimiento, con determinación de sus funciones y facultad de
actuación.

Por todo ello, el HONORABLE CONCEJO MUNCIPAL DE VENADO TUERTO, en uso
de sus facultades y atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Art. 1º. Dispónese la creación de una Comisión de Seguimiento integrada
por representantes de la Comisión Intervecinal de Venado Tuerto, con
facultades para acordar con el departamento Ejecutivo Municipal, las
prioridades, los lapsos de ejecución y control de las obras y compra de
un ecógrafo proyectados con los fondos a obtener del Gobierno de la
Provincia por el crédito cuya gestión fuera autorizada por el Honorable
Concejo Municipal, con la sanción de la Ordenanza Nº 2379-96.

Art. 2º. La Comisión de Seguimiento Intervecinal funcionará por el
tiempo que demande el cumplimiento de la ejecución de las obras y
compromisos asumidos por el Departamento Ejecutivo Municipal, con la
aplicación de los fondos que se obtengan del crédito referido en el
artículo precedente.

Art. 3º. Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Venado
Tuerto, a los cuatro días del mes de julio del año mil novecientos
noventa y seis.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 1977-C-96

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA