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Ordenanza Nº 2397/96 - CONSTRUCCION EDIFICIO JARDIN DE INFANTES NUCLEADO Nº 206

Art. 1º. Aféctase el Lote "A 1" de la Manzana "G" ubicado en la Chacra
Nº 31 del Plano Oficial de la ciudad, a la construcción del edificio
propio del Jardín de Infantes Nucleado Nº 206. Dicho Lote consta de
58,61 m de frente sobre calles Jujuy y Nº 43 respectivamente; y de
62,50 m de frente sobre calle Nº 14, conforme lo especifica el plano
que como Anexo I forma parte de la presente Ordenanza.

Art. 2º. Autorízase al departamento Ejecutivo Municipal a convenir con
la Asociación Cooperadora del Jardín de Infantes Nucleado Nº 206, la
cumplimentación de los trámites inherentes a la construcción, para lo
cual la cesión apuntada en el artículo 1º es requisito sine qua non.

Art. 3º. La efectiva iniciación de los trabajos deberá concretarse
dentro de los dos (2) años, a partir de la promulgación de esta
Ordenanza. Vencido este plazo sin que se haya cumplimentado este
requisito, el predio cedido retornará al dominio Municipal, sin
necesidad de interpelación alguna y no dando lugar a indemnización de
ninguna naturaleza.

Art. 4º. Comuníquese, publíquese y archívese.

FUNDAMENTOS:

La comunidad educativa del Jardín Nucleado Nº 206 ha solicitado a este
Concejo Municipal la cesión de un terreno de propiedad municipal
ubicado en la Chacra Nº 31 - Manzana Nº 1 "G" del plano oficial de la
ciudad, para ser destinado a la construcción de su edificio propio.

El establecimiento, creado por Decreto Nº 3346/94 está funcionando
desde el 18/03/95, con una matrícula de ciento cuarenta y cinco (145)
alumnos que se ha incrementado en el corriente año hasta ciento ochenta
y siete (187) niños entre cuatro y cinco años. Debido al escaso espacio
físico disponible, han quedado sin ingresar debido a la demanda del
radio escolar, una veintena de pequeños.

En el establecimiento, cedido en préstamo por la Escuela Nº 1189,
funcionan cuatro secciones, dos (2) de los cuales se encuentran en un
depósito sin baño y los niños deben desplazarse a otro sector para el
uso de los sanitarios. Las otras dos (2) secciones funcionan en
dependencias de la Escuela Nº 1262 y también carecen de los sanitarios
adecuados al nivel inicial, razón por las que deben compartirlos con
alumnos de la escuela primaria.

Ante lo expuesto es necesario dotar al Jardín de Infantes Nucleado, una
autonomía funcional y organizativa, razón por la que exponen ante el
Concejo Municipal la necesidad de contar con un terreno para la
construcción del edificio propio, teniendo en cuenta la inminente ayuda
económica proveniente del Plan Social Nacional que ha instrumentado el
Ministerio de Educación y de la que serían beneficiarios a la brevedad.

Por todo ello, el Concejo Municipal reunido en la Sala de Sesiones,
sanciona la presente Ordenanza Nº 2397-96, a los diecisiete días del
mes de septiembre del año mil novecientos noventa y seis.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 2003-V-96

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA