Ordenanza

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Art.1º.- La Municipalidad de Venado tuerto cede a la Dirección
Provincial de Vivienda y Urbanismo las fracciones de terreno de su
propiedad que a continuación se describen para que dicho ente
provincial construya en el mismo un conjunto de viviendas mediante
fondos del FO.NA.VI.

Varias fracciones de terrenos ubicadas en esta ciudad de Venado Tuerto,
Departamento General López, provincia de Santa Fe, parte de la chacra
cuarenta del Plano Oficial de la ciudad, las cuales en mayor área se
denominan según Plano de Mensura y Subdivisión número cuarenta ay cinco
mil seiscientos cincuenta y cuatro, años mil novecientos sesenta y
seis, confeccionado por el Agrimensor Hector Pelosso y el Ingeniero
Dante Casadei en la siguiente forma: a) lote veintiocho de la manzana
once; b) lote cuatro al veinticuatro y veintiséis y veintisiete de la
manzana once; c) lotes once al veinte de la manzana tres; d) lotes
nueve al catorce de la manzana cuatro. Correspondió a la Municipalidad
de Venado Tuerto el inmueble descripto por donación que le efectuaran
los señores Vivianne Nadege Chatenay y otros inscripta así: "Rosario,
cuatro de diciembre de 1996. Inscripto el dominio al tomo 490, folios
19 al 58, número 395.118 al 395.157; Departamento General López; con
impuestos inmobiliarios partida número 17-13-00-360-484 ( mayor área).
Este inmueble será cometido a una nueva subdivisión según proyecto
confeccionado por la Municipalidad de Venado Tuerto, el cual se adjunta
como anexo I y según el cual se denominan: a) lotes nueve al catorce b
de la manzana cuatro b; b) lote once al veinte b de la manzana tres b;
c) lotes cuatro al siete de la manzana once a; d) lotes uno al trece y
quince al veintiocho de4 la manzana once b: e) lotes uno al catorce y
dieciséis al veintisiete de la manzana once c; f) lotes uno al
veintitrés de la manzana once d.-

Art.2º.- La presente cesión quedará sin efecto y por lo tanto el
inmueble cedido volverá al dominio municipal si la Dirección Provincial
de Vivienda y Urbanismo no da inicio a los trabajos pertinentes dentro
del término de dos (2) años a contar desde la fecha del mismo.-

Art.3º.- Asúmase la responsabilidad y los eventuales costos por parte
de la Municipalidad de Venado tuerto, que fueran originados por los
rubros: movimiento de suelo y fundaciones, no previstos en el
presupuesto, en el terreno destinado a la mencionada obra a raíz de la
construcción de las viviendas; y acompañase Certificado Técnico emitido
por la Secretaría de Obras Públicas, que se adjunta como Anexo II.-

Art.4º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a aprobar los
planos de mensura y subdivisión de los terrenos de la chacra 40, cuyo
proyecto e adjunta como Anexo I según informe de la Dirección de Obras
Privadas, obrante como Anexo III a la presente Ordenanza.-

Art.5º.- Autorízase al departamento Ejecutivo Municipal a aprobar los
planos del proyecto de obra de las viviendas a construir en los lotes
mencionados en artículo primero si cumplimentaran lo normado en el
Reglamento de Edificación y normas complementarias vigentes parta el
distrito R.$.2., dado que dichos terrenos son aptos para la
construcción de viviendas como se expresa en el certificado expedido
por la Secretaría de Obras Públicas obrante como Anexo III.-

Art.6º.- A los efectos del cumplimiento de la Ordenanza Nº 2399-96,
requiérase de la Regional VII de Educación, si existe capacidad
edilicia apta y efectiva para absorber la demanda eventual de la
población escolar y en su defecto, dispóngase la reserva
correspondiente en chacra 40 del inmueble destinado a la construcción
de una escuela nueva.-

Art.7º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

FUNDAMENTOS:

Atento a la necesidad de formalizar el ofrecimiento de tierras de
propiedad de la Municipalidad de Venado Tuerto a la Dirección
Provincial de Vivienda y Urbanismo, dependiente del Superior Gobierno
de la Provincia de Santa Fe, para que dicho ente construya en ellas
plan de viviendas con fondos del FO.NA.VI..-

Que dados los requerimientos de títulos perfectos a nombre de la
Municipalidad; emplazamiento acorde al sentido de crecimiento de la
ciudad y alternativa a corto plazo de contar con toda la
infraestructura de servicios que el inmueble propuesto cumple.-

Que es necesario contar previo a la aprobación del trámite con la
presentación del estudio de suelo del terreno afectado a la
construcción de las viviendas.-

Que según informes técnicos de referencia de construcciones aledañas,
los terrenos afectados a la obra no presentan inconvenientes que
impliquen la previsión de fundaciones especiales.-

Que los mismos se hallan comprendidos dentro de las reglamentaciones en
vigencia y la construcción proyectada vendría a cubrir parte de la
necesidad habitacional de nuestro medio a la vez de contribuir al
mejoramiento edilicio de la ciudad.-

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente ORDENANZA Nº 2428-97, a los diecinueve días del
mes de febrero del año mil novecientos noventa y siete.-

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 2161-I-97

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA