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Ordenanza Nº 2468/97 - PRIORIDAD EN LICITACIONES Y CONTRATACIONES A EMPRESAS RADICADAS EN VT

FUNDAMENTOS:

Preocupado en la promoción y desarrollo de las empresas. Orientado a
cubrir los factores liberados o sin destino, llámese capital,
tecnología o mano de obra y con de fin de coadyuvar a revertir el curso
actual con el objeto de precisar las prioridades de las mismas, se hace
necesario exaltar un perfil que urge definir, dado el deterioro de la
producción y las posibilidades de concreción de trabajos que puedan
sellar la suerte de alguna de ellas.-

Como la producción está en manos de un inversor, el que debemos
alentar, despejando afectivamente un camino muchas veces plagado de
dificultades legales es conveniente darle la seguridad institucional a
través de una ordenanza que priorice las licitaciones y contrataciones
públicas, dado los tiempos competitivos de injustos a cuenta de un
orden económico que por ahora cuesta modificar.-

Va de suyo que la mejor promoción la vamos a encontrar en una economía
en crecimiento sin sancionar norma alguna que la aliente; pero las
características de la realidad nos obliga a desarrollar aún más los
caminos para la inversión, atento a la recuperación de las empresas de
Venado Tuerto, apuntando a u crecimiento más armónico en su conjunto.-

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones, ha sancionado la presente:

O R D E N A N Z A

Art.1º.- Dése prioridad en las licitaciones y contrataciones públicas a
las empresas radicadas en Venado Tuerto, siempre que las mismas cuenten
con los respaldos económicos y técnicos que la obra requiera.-

Art.2º.- De existir empresas con capacidad de infraestructura reducida
para asumir la ejecución de la totalidad de la obra licitada, se le
adjudicará como mínimo, el 20% de los ítems que comprenden el pliego de
bases y condiciones.-

Art.3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a
los seis días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y siete.-

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 2242-C-97

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA