Ordenanza

Starter Section

VISTO:

La necesidad de adecuar la legislación local con las disposiciones de
orden nacional; y

CONSIDERANDO:

Que ha sido temperamento de este Honorable Concejo Municipal bregar por
la defensa de los derechos y garantías constitucionales y su plena
vigencia.-

Que a tal fin ha dictado ordenanzas ratificatorias normatizando el
propósito.-

Que en este orden corresponde atender lo preceptuado por las leyes
23592 y su modificatoria 24782.-

Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones, ha sancionado la presente:

O R D E N A N Z A

Art.1º.- Se declara la obligatoriedad de exhibir en el ingreso a los
locales bailables, de recreación, salas de espectáculos, bares,
restaurantes u otro de acceso público, en forma clara, visible y en
dimensiones no menor a 40 cm x 40 cm, el texto de la Constitución
Nacional en su art. 14º.-

Art.2º.- En el mismo recuadro debe incluirse destacado lo siguiente:
"Frente a cualquier acto discriminatorio, usted puede recurrir a la
autoridad policial y/o cualquier juzgado de turno, quiénes tienen la
obligación de tomar su denuncia.-

Art.3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a
los trece días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y
siete.-

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 2235-C-97

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA