Ordenanza

Starter Section

Art.1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el
convenio que como Anexo I es parte integrante de la presente ordenanza
con la Dirección Provincial de Vialidad, por el cual la Municipalidad
asume el compromiso de reparar una Aplanadora Autopropulsada marca
Fracchia, para ser utilizada por el término de tres (3) años en tareas
inherentes a la prestación de servicios de orden público, obligándose a
facilitarla si fuera requerida por la jefatura de Zona VII Venado
tuerto de la Dirección Provincial de Vialidad.-

Art.2º.- Apruébase la inversión que deberá realizar la Municipalidad
conforme la Ley Nº 2756 Orgánica de Municipalidades.-

Art.3º.- Autorízase a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar
los fondos de coparticipación que le correspondan a la Municipalidad a
fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiere ocasionar el
incumplimiento del convenio.-

Art.4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

FUNDAMENTOS:

Dado el estado de conservación que presenta la red cial urbana,
suburbana y rural que cuentan con calzadas pavimentadas de concreto y/o
tratamiento asfáltico, la Secretaría de Obras Públicas tiene previsto y
programado trabajos intensivos de mantenimiento y mejoramiento.-

Que tales tareas se deben concretar con premura y sin solución de
continuidad, guardando similitud con lo ya ejecutado en un tramo de la
Avda. Santa fe con la colaboración de equipos y personal especializado
de la Dirección Provincial de Vialidad.-

Para continuar con lo planteado se hace imprescindible asegurar la
prestación de algunos equipos y puntualmente uno de ellos es la de una
aplanadora autopropulsada con que cuenta la jefatura de Zona VII Venado
Tuerto de la Dirección provincial de Vialidad, actualmente paralizada
por desperfectos mecánicos en su sistema de embrague (convertidor).-

A tal fin de efectuaron las gestiones pertinentes ante dicha
repartición para ver la posibilidad de que mediante un convenio de
partes - previa revisación mecánica a los efectos de estimar su
reparación - nos cedan la misma en comodota con la condición de
repararla y cuyo costo se estima en el orden de los pesos dos mil
($2.000).-

Habiendo obtenido resultado favorable, dicha repartición acompaña el
correspondiente convenio a suscribir por el cual cede en comodato el
mencionado equipo por el término de tres (3) años a contar de la fecha
de su puesta en marcha, con el compromiso de facilitar el mismo si
fuera requerido por la Jefatura de Zona VII- Venado Tuerto.-

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente ORDENANZA Nº 2489-97, a un día del mes de julio
del año mil novecientos noventa y siete.-

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 2329-I-97

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA