Ordenanza

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FUNDAMENTOS:

Hasta ahora por trabas de tipo burocráticas y carencia de legislación
puntual sobre circunstancia motivante de este proyecto, muchas personas
no pueden concretar compraventa de sus bienes por deudas pendientes que
muchas veces exceden la capacidad económica financiera del requirente
para su solución final con el Municipio o afrontar el pago a cuenta de
la operación que realiza o pretende realizar.-

Con este proyecto se facilita la problemática por cuanto el nuevo
adquirente se hace cargo de la deuda y el Municipio mantiene dos
deudores ya que no desobliga al titular dominial. En los mismos
términos que con el deudor principal.-

Por ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones, ha sancionado la presente:

O R D E N A N Z A

Art.1º.- En los casos en que con posterioridad al acogimiento de
moratoria para el pago de deudas por tasas y contribuciones
municipales, se procediera a la transferencia de dominio del inmueble
objeto de la deuda incluida en el régimen de facilidades de pago, podrá
continuarse con el plan otorgado si el adquirente asumiera en forma
expresa responsabilidad solidaria por el pago del plan en cuotas y, en
caso de caducidad, por la totalidad del saldo adeudado.-

Art.2º.- Tales manifestaciones deberán consignarse en la escritura
pública.-

Art.3º.- En todos los casos deberá acreditarse el pago de las cuotas
vencidas a la fecha en que se formula la opción.-

Art.4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a
los nueve días del mes de setiembre del año mil novecientos noventa y
siete.-

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INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 2092-C-96

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA