Ordenanza

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FUNDAMENTOS:

El anuncio del probable asentamiento en nuestra ciudad de una sucursal
de la cadena de supermercados Norte ha generado una innegable
expectativa en algunos sectores y provocado paralelamente una
inequívoca reacción en otros, donde el temor u la incertidumbre se
asocian ante el impacto social y ambiental que provocaría su eventual
radicación.-

Las reuniones de distinto carácter pero orientadas en similar cometido,
que se están realizando son escenarios propicios para debatir e
intercambiar opiniones, con ópticas coincidentes en los efectos
negativos que producen en el tiempo estas corporaciones, pero sin
lograr uniformar un criterio claro y preciso, sobre todo definitivo en
los arbitrios a ejercer para contrarrestar las consecuencias de la
irrupción de esta modalidad comercial.-

En los países más avanzados han pasado por esta experiencia y han
sabido arbitrar los recaudos y dictado normas legales pertinentes para
evitar el deterioro de sus economías y el perjuicio para sus
comunidades.-

Estos comercios dedicados a la venta de artículos de consumo masivo con
infraestructuras y modalidades que no consideran y afectan la
producción local; que no muestran signos de reinversión de los
recursos, practican la competencia desleal, atentan contra la economía
regional y deterioran las fuentes de trabajo, que tienen en el comercio
minorista y la pequeña y mediana empresa, sy elemento generador más
importante.-

Se ocasionan serios problemas urbanísticos como consecuencia de la
concentración de movimientos de vehículos y personas en un lugar
determinado; además, el presunto beneficio inicial para el consumidor,
termina transformándose en un perjuicio que afecta no solo a ese
consumidor, sino a la ciudad toda.-

Ante la falta de una legislación tanto a nivel nacional como
provincial, hace que la posible instalación de estos hipermercados y/o
similares deba ser analizada cuidadosamente y en profundidad por cuanto
su funcionamiento incide tanto en la faz económica-financiera de los
distintos comercios minoristas instalados en el distrito, como también
en lo ambiental, urbanístico y otros aspectos fundamentales vinculados
a la vida comunitaria.-

El vacío legal en nuestra legislación hace imperativo implementar a
nivel municipal una reglamentación específica, haciendo necesario para
ello reunir documentación y antecedentes en materia de legislación
comparada de otras ciudades que han debido afrontar esta situación y
pueden transmitir sus experiencias, permitiendo con una participación
activa de las distintas expresiones del quehacer activo de la ciudad,
compatibilizar un proyecto que regule la radicación de estos
comercios.-

Entendemos que la mera iniciación del expediente solicitando
autorización para la instalación no representa un derecho adquirido a
que su proyecto sea aprobado frente a un cambio ulterior de la
situación urbanística que se lo impide. Por otra parte, el Intendente
ha manifestado que los integrantes de la corporación interesada no
harán nada que no cuente con el consenso de la gente, razón por demás
valedera para recordarlo y requerir una aplicación efectiva en el tema
objeto de tratamiento.-

Estas corporaciones son el resultado de la concentración de riquezas,
de políticas sin riesgo social que golpean con mayor contundencia e
insensibilidad el esfuerzo familiar y la integración comunitaria de los
pequeños y medianos comerciantes que se debaten entre la crisis
recesiva y la falta e apoyo y estímulo para facilitar la reconversión y
modernización de sus empresas.-

Como paso inicial se propone el dictado de una ordenanza suspendiendo
el otorgamiento de cualquier tipo de habilitación municipal para la
instalación de shopping e hipermercados y/o comercios de
características similares en el distrito de Venado Tuerto, a fin de
evitar que por falta de una legislación adecuada se originen
situaciones de difícil reversión.-

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones, ha sancionado la presente:

O R D E N A N Z A

Art.1º.- Suspéndase el otorgamiento cualquier tipo de habilitación
municipal para la instalación de hipermercados, shopping y/o comercios
de características similares en el distrito Venado tuerto hasta tanto
se practiquen y finalicen los estudios pormenorizados del impacto
económico, social, ambiental y urbanístico que provoque su radicación y
se dicte una normativa que regule su actividad.-

Art.2º.- El área de Inspección General e Industria y Comercio de la
Municipalidad, practicará un estudio sobre el impacto económico y
social que puede generar la radicación de este tipo de comercios.-

Art.3º.- Solicítese al Colegio de Arquitectos e Ingenieros y Colegio de
Ciencias Económicas de la ciudad, su participación y opinión respectiva
sobre los efectos urbanísticos y económicos que en su interpretación
provocarían estos emprendimientos.-

Art.4º.- La Secretaría de Gobierno, a través de la Dirección de
Tránsito Municipal, informará considerando al probable lugar de
asentamiento, Ruta 8 y Agüero, la repercusión que estos negocios
podrían producir en el área, evaluando las condiciones de seguridad y
fluidez del tránsito de vehículos que tiene el tramo de ruta 8 en su
sector urbano.-

Art.5º.- Suspéndase la aplicación de toda normativa municipal que se
oponga a la presente ordenanza.-

Art.6º.- Comuníquese, Publíquese y archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a
los cuatro días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y
siete.-

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 2376-C-97

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA