Ordenanza

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Ordenanza Nº 2574/98 - CREA LA JUNTA MUNICIPAL DE SEGURIDAD URBANA

Art.1º.- Dispónese la creación de la Junta Municipal de Seguridad
Urbana.-

Art.2º.- Será de su competencia:

a- Analizar y valorar la situación de la seguridad pública en el
Municipio formulando propuestas o planes para una eficaz coordinación y
colaboración entre el Estado Municipal y los distintos organismos
gubernamentales con ingerencia en la materia.-

b- Elaborar planes para prevenir la comisión de hechos delictivos.-

c- Desarrollar planes de prevención social en áreas de riesgo.-

d- Impulsar la cooperación municipal en materia de servicios, obras,
planes de urbanización que tengan incidencia en la creación de mayores
condiciones de seguridad.-

e- Estudiar y valorar los informes o propuestas que formulen las
personas o entidades públicas o privadas, en relación con la seguridad
pública en el Municipio.-

f- La realización de cuadros estadísticos, encuestas de victimización y
de cualquier otro sistema de seguimiento de los hechos delictivos, en
cuanto a sus características., causas, lugares y todo otro elemento que
pueda servir para una correcta planificación en materia de seguridad.-

g- Será organismo de consulta y decisión en la materia en el ámbito
municipal.-

h- Planeamiento y desarrollo de cada barrio de la ciudad, de Juntas
Barriales de Seguridad urbana. Que serán coordinadas por la Comisión
Vecinal respectiva y de la que podrán participar los vecinos del barrio
que deseen hacerlo y de las organizaciones no gubernamentales que
tengan inserción en su territorio. A tal fin se procederá con
anticipación a publicitar adecuadamente su realización.-

i- Diseño y ejecución de acciones de producción de seguridad urbana en
el marco de una estrategia de prevención del delito.-

j- Realización de diagnósticos acerca del impacto en términos de
producción de seguridad e inseguridad urbana de toda acción social
impulsada por organismos públicos nacionales, provinciales y
municipales en Venado Tuerto y formas de mecanismos de comunicación y
colaboración con dichos efectores, a fines de propiciar las
transformaciones necesarias para generar aportes que respalden sus
resultados.-

k- Planeamiento y ejecución de campañas de seguridad comunitaria para
la introducción y desarrollo de la cultura de la prevención de
delitos.-

l- Intercambiar información y establecer acuerdos y estrategias de
trabajo con organismos nacionales, provinciales y municipales que
desarrollen actividades similares, orientadas a facilitar la
colaboración en el intercambio.-

Art.3º.- La Junta Municipal de Seguridad Urbana, estará integrada por
el Intendente Municipal, quién tendrá la presidencia del Comité; por un
funcionario municipal especialmente designado por el Intendente, quién
hará las veces de Secretario, e inicialmente por vocales
representativos; dos de ellos del Departamento Ejecutivo Municipal, dos
del Concejo Municipal, uno del Ministerio de Gobierno de la Provincia
de Santa Fe, uno de la Policía de la Provincia - Unidad Regional VIII.-

Art.4º.- Por decisión de la propia Junta, se podrá ampliar la
conformación de la misma, dando el carácter de vocal a los
representantes de otras entidades públicas o privadas que evidencien
interés en su integración y cuya participación en forma permanente se
estime conveniente a los fines del funcionamiento del mismo.-

Art.5º.- En la competencia ordenada por la presente Ordenanza y en el
ámbito municipal, la Junta tendrá plenas facultades para resolver y
actuar de acuerdo a lo que determine a través de la reglamentación que
establezca para su funcionamiento.-

Art.6º.- El departamento Ejecutivo Municipal gestionará la firma de un
acta acuerdo con el ministerio de Gobierno de la Provincia,
formalizando la integración de dicho organismo gubernamental en la
Junta que se crea por la presente normativa.-

Art.7º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

FUNDAMENTOS:

Nadie ignora que la inseguridad ha dejado de ser un problema
estrictamente policial para convertirse en una de las primeras
preocupaciones ciudadanas, ocupando un papel importante a la hora de
los reclamos y las propuestas.-

Se interpreta que la llegada de la hora en que el Municipio tome
participación en la materia, generando un órgano colegiado qu3e permita
el encuentro de personas e instituciones que de una vertiente
preventiva tengas responsabilidades directas o indirectas en la
seguridad ciudadana del distrito.-

Esta alternativa de Juntas o Comités locales en materia de seguridad,
aparece en distintos lugares del mundo, incluso en nuestro país, en la
provincia de buenos Aires, como un órgano clave para la elaboración de
fórmulas realistas que posibiliten la puesta en marcha de medidas más
eficaces en la prevención del delito.-

La declaración final de la Conferencia Municipal sobre seguridad y
prevención de la delincuencia en el medio urbano, expresa que "es sobre
todo a nivel de ciudad que debe llevarse a la práctica una política de
prevención. Las autoridades públicas de todos los niveles deben apoyar
los esfuerzos de prevención desarrollados en el plano local".-

Esta Junta Municipal será la que tendrá a su cargo coordinar con
organismos provinciales de seguridad, así como con entidades y
asociaciones que puedan aportar y solucionar en alguno de los ejes que
se plantean como prioritarios para una nueva política en la materia.-

El Concejo Municipal hizo conocer en distintas oportunidades a las
autoridades policiales su preocupación por los hechos delictivos que
alteraron la tranquilidad ciudadana; el Centro Regional para el
Desarrollo y la Producción y el Centro Comercial e Industrial también
transmitieron en su momento sus inquietudes e impulsaron iniciativas de
características similares a la presente, igual y decidida actitud han
evidenciado las comisiones vecinales en generar con el organismo
policial un vaso comunicante que fortalezca la relación y amplíe los
márgenes de seguridad en los distintos sectores barriales de la ciudad;
no menos importante resulta el trabajo de los medios de comunicación
cuya incorporación a esta junta constituiría, junto a otras entidades
de significativa actuación en el quehacer activo local, un aporte de
innegable eficacia en la búsqueda y definición de soluciones.-

Lo expuesto hace pensar en la necesidad y conveniencia de un trabajo
conjunto que permita obtener resultados alentadores en el tratamiento
de la problemática que nos ocupa.-

El proyecto que se propone contiene lineamientos generales que
indudablemente deberán ir siendo enriquecidos no solo en el momento de
su tratamiento sino en el mismo funcionamiento de la junta propuesta.-

Se plantea que la misma sea presidida por el propio Intendente como
para señalar a intención de que la Junta tenga peso decisorio dentro de
su competencia; se especifica la necesidad de firmar un acto acuerdo
con el Ministerio de Gobierno a efectos de que no exista solo el
compromiso político de participar en la Junta convocada por el
Municipio, sin que las propias autoridades sean parte formal a través
de dicho acuerdo de la puesta en marcha de una experiencia que pretende
convertirse en una herramienta útil a la hora de buscar mayores niveles
de seguridad en nuestra ciudad.-

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente ORDENANZA Nº 2574-98, a los diecinueve días del
mes de mayo del año mil novecientos noventa y ocho.-

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 2527-C-98

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA