Ordenanza
Starter Section
VISTO:
La necesidad de los Bomberos Voluntarios de nuestra ciudad de acceder a
una vivienda propia; y
CONSIDERANDO:
Que el Bombero Voluntario cumple con la noble misión de prevenir y
extinguir incendios, además de la intervención operativa para a
protección de vidas y bienes que resultan agredidos por siniestros de
origen natural, accidental o intencional.-
Que con su actitud instruye a la población por los medios a su alcance,
en lo relativo a la preservación de todo tipo de siniestros tendiendo a
crear una verdadera conciencia en tal sentido.-
Que con el fin de velar por la familia de estos hombres que asumen con
carga pública esta misión honrosa, restando tiempo a sus actividades
personales en beneficio de los demás, debemos en mérito a su actitud
promover que al igual que las fuerzas de seguridad, en los planes
habitacionales provinciales se los beneficie, con un cupo para la
adquisición de viviendas en los Planes Habitaciones que se ejecuten por
administración municipal.-
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, haciendo uso
de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente:
O R D E N A N Z A
Art.1º.- Créase un cupo para los Bomberos Voluntarios de la ciudad de
Venado Tuerto, similar a los establecidos para las Fuerzas de Seguridad
en los planes habitaciones provinciales, para todos aquellos programas
impulsados y ejecutados por administración municipal.-
Art.2º.- Se harán acreedores a este beneficio los bomberos voluntarios
que acrediten no poseer otro inmueble a su nombre y que la vivienda a
otorgar sea de residencia estable y permanente.-
Art.3º.- Dése traslado de la presente Ordenanza a la Dirección
Provincial de Vivienda y Urbanismo, con el objeto de que a nivel
provincial se asuma una cantidad similar en los planes habitacionales
provinciales.-
Art.4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a
los veintisiete días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y
ocho.-
La necesidad de los Bomberos Voluntarios de nuestra ciudad de acceder a
una vivienda propia; y
CONSIDERANDO:
Que el Bombero Voluntario cumple con la noble misión de prevenir y
extinguir incendios, además de la intervención operativa para a
protección de vidas y bienes que resultan agredidos por siniestros de
origen natural, accidental o intencional.-
Que con su actitud instruye a la población por los medios a su alcance,
en lo relativo a la preservación de todo tipo de siniestros tendiendo a
crear una verdadera conciencia en tal sentido.-
Que con el fin de velar por la familia de estos hombres que asumen con
carga pública esta misión honrosa, restando tiempo a sus actividades
personales en beneficio de los demás, debemos en mérito a su actitud
promover que al igual que las fuerzas de seguridad, en los planes
habitacionales provinciales se los beneficie, con un cupo para la
adquisición de viviendas en los Planes Habitaciones que se ejecuten por
administración municipal.-
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, haciendo uso
de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente:
O R D E N A N Z A
Art.1º.- Créase un cupo para los Bomberos Voluntarios de la ciudad de
Venado Tuerto, similar a los establecidos para las Fuerzas de Seguridad
en los planes habitaciones provinciales, para todos aquellos programas
impulsados y ejecutados por administración municipal.-
Art.2º.- Se harán acreedores a este beneficio los bomberos voluntarios
que acrediten no poseer otro inmueble a su nombre y que la vivienda a
otorgar sea de residencia estable y permanente.-
Art.3º.- Dése traslado de la presente Ordenanza a la Dirección
Provincial de Vivienda y Urbanismo, con el objeto de que a nivel
provincial se asuma una cantidad similar en los planes habitacionales
provinciales.-
Art.4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a
los veintisiete días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y
ocho.-
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 2636-C-98
- Derogada: NO
- Vetada: NO