Ordenanza

Starter Section

Art.1º.- Modifícase el artículo 3º de la Ordenanza Nº 2164-93, el que
quedará redactado de la siguiente manera:

"Art.3º.- Los trabajos de demolición, refacción o remodelación que
impliquen una transformación del aspecto exterior de cualquier edificio
existente, deberán contar con la aprobación de la Secretaría de Obras
Públicas, que a tal efecto podrá requerir el asesoramiento de otros
organismos o entidades especializadas".-

Art.2º.- Modifícase el artículo 4º de la Ordenanza Nº 2276-94, el que
quedará redactado de la siguiente manera:

"Art.4º.- Las tareas comprendidas en el artículo tercero, estarán
sujetas a la aprobación de la Secretaría de Obras Públicas en acuerdo
con Comisión Municipal de Preservación del Patrimonio Arquitectónico".-

Art.3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

FUNDAMENTOS:

El Concejo Municipal sancionó en su oportunidad las Ordenanzas Nº
2164-93 y 2276-94, ambas referidas a la preservación del patrimonio
arquitectónico y urbano de nuestra ciudad, que disponen como
responsable de cumplimiento de lo normado a la Subsecretaría de
Desarrollo Urbano y Vivienda y/o Planeamiento Urbano (Art. 3º y 4º
respectivamente), como así también hace referencia una de ellas, al
acuerdo que debería dar la Comisión de Preservación del Patrimonio del
Distrito 3 del Colegio de Arquitectos.-

Teniendo en cuenta que a la fecha, no existe en el Organigrama
Municipal la Subsecretaría mencionada anteriormente, y que por ende, se
estaría ante una citación de acefalía en cuanto al área responsable del
cumplimiento de estas normativas vigentes, se hace necesario realizar
las modificaciones pertinente con el fin de dar solución a lo
planteado.-

Del mismo modo, es necesario reemplazar la Comisión de Preservación del
Patrimonio del Distrito 3 del Colegio de Arquitectos, existente a la
fecha en que se sancionaron tales Ordenanzas por la Comisión Municipal
de Preservación del Patrimonio Arquitectónico y Urbano, hoy en pleno
funcionamiento y que fuera por otra parte, creada por este Concejo con
facultades específicas en la materia.-

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la ORDENANZA Nº 2598-98, a los quince días del mes de
setiembre del año mil novecientos noventa y ocho.-

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 2711-C-98

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA