Ordenanza

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Art.1º.- Ratifícase el Convenio de Cesión de Comodato suscripto en te
la Municipalidad de Venado Tuerto y la Iglesia Evangélica Bautista, con
fecha veintitrés de setiembre de 1998, todo ello de acuerdo a las
cláusulas que forman parte del mencionado Convenio, el cual se adjunta
como Anexo I y formará parte integrante de a presente Ordenanza.-

Art.2º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

FUNDAMENTOS:

Atento al expediente municipal Nº 89817-I-98 iniciado por Iglesia
Evangélica Bautista, solicitando la cesión de un terreno para a
construcción de un HOGAR GRANJA.-

Que la mencionada Iglesia, estaría de acuerdo en recibir un inmueble de
propiedad municipal, designado como Reserva Nº 143, donado a favor de
la Municipalidad y aceptado como Reserva según Ordenanza Nº 2502-97,
ubicado con frente a calle (117) Carelli entre Falucho y Cabral, o sea
el lote 2 de la Manzana B del Plano Nº 140.333/97, parte de la chacra
59, que mide treinta y nueve (39) metros de frente sobre calle 117, por
cincuenta y seis metros, veinticinco centímetros (56,25 mts) de fondo,
con una superficie de dos mil ciento noventa y tres metros cuadrados
con setenta y cuatro centímetros (2.193,74 mts), el que se encuentra
libre de ocupantes y no está afectado a ningún otro fin.-

Que se ha suscripto un Convenio de Cesión de Comodato entre la
Municipalidad y la Iglesia Evangélica Bautista, con fecha veintitrés de
setiembre de 1998, según el cual la cesión del terreno está
condicionada al inicio de las obras, otorgando un plazo de dos años
para el mismo, el cual requiere ser ratificado por este Concejo.-

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente ORDENANZA Nº 2640-99, a los nueve días del mes
de marzo del año mil novecientos noventa y nueve.-

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 2852-I-99

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA