Ordenanza
Starter Section
Art.1º.- Ratifícase el Convenio de Cesión en Comodato suscripto entre
la Municipalidad de Venado Tuerto y Línea Amarilla, con fecha cinco de
octubre e 1998, todo ello de acuerdo a las cláusulas que forman parte
del mencionad Convenio, el cual se adjunta como Anexo I y formará parte
integrante de la presente Ordenanza.-
Art.2º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
FUNDAMENTOS:
Atento al expediente municipal Nº 89.899.P.98 iniciad por el Programa
Regional de Prevención y Asistencia al Sujeto en Crisis - LINEA
AMARILLA -, solicitando la cesión de un terreno para a construcción de
la sede y refugio para mujeres, niños maltratados y personas en
crisis.-
Que la mencionada Línea Amarilla estaría de acuerdo en recibir un
inmueble de propiedad municipal designado como Reserva Nº 140, aceptado
por la Municipalidad según Ordenanza Nº 2354-96, ubicado con frente a
calle Dimmer entre Saavedra y España, o sea el lote 19 del Plan Nº
138.543/96, parte de la chacra 53, que mide veinte metros de frente
sobre calle Dimmer por sesenta metros con cuarenta y cinco centímetros
de fondo, con una superficie de un mil doscientos nueve metros
cuadrados, el que se encuentra libre de ocupantes y no está afectado a
ningún otro fin.-
Que se ha suscripto un convenio de Cesión de Comodato entre la
Municipalidad y Línea Amarilla, con fecha cinco de octubre de 1998,
según el cual la cesión del terreno está condicionada al inicio de las
obras otorgando un plazo de dos años ara el mismo, el cual requiere ser
ratificado por el Concejo Municipal.-
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente ORDENANZA Nº 2641-99, los nueve días del mes de
marzo del año mil novecientos noventa y nueve.-
la Municipalidad de Venado Tuerto y Línea Amarilla, con fecha cinco de
octubre e 1998, todo ello de acuerdo a las cláusulas que forman parte
del mencionad Convenio, el cual se adjunta como Anexo I y formará parte
integrante de la presente Ordenanza.-
Art.2º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
FUNDAMENTOS:
Atento al expediente municipal Nº 89.899.P.98 iniciad por el Programa
Regional de Prevención y Asistencia al Sujeto en Crisis - LINEA
AMARILLA -, solicitando la cesión de un terreno para a construcción de
la sede y refugio para mujeres, niños maltratados y personas en
crisis.-
Que la mencionada Línea Amarilla estaría de acuerdo en recibir un
inmueble de propiedad municipal designado como Reserva Nº 140, aceptado
por la Municipalidad según Ordenanza Nº 2354-96, ubicado con frente a
calle Dimmer entre Saavedra y España, o sea el lote 19 del Plan Nº
138.543/96, parte de la chacra 53, que mide veinte metros de frente
sobre calle Dimmer por sesenta metros con cuarenta y cinco centímetros
de fondo, con una superficie de un mil doscientos nueve metros
cuadrados, el que se encuentra libre de ocupantes y no está afectado a
ningún otro fin.-
Que se ha suscripto un convenio de Cesión de Comodato entre la
Municipalidad y Línea Amarilla, con fecha cinco de octubre de 1998,
según el cual la cesión del terreno está condicionada al inicio de las
obras otorgando un plazo de dos años ara el mismo, el cual requiere ser
ratificado por el Concejo Municipal.-
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente ORDENANZA Nº 2641-99, los nueve días del mes de
marzo del año mil novecientos noventa y nueve.-
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 2850-I-99
- Derogada: NO
- Vetada: NO