Ordenanza
Starter Section
Art.1º.- Apruébase el Contrato de Cesión suscripto entre la
Municipalidad de Venado Tuerto y la Mutual Ayuda entre Ferroviarios
Activos y Jubilados de Venado Tuerto en fecha 20 de mayo de 1998
(20/05/98).-
Art.2º.- La Mutual de Ayuda entre Ferroviarios Activos y Jubilados de
Venado Tuerto, asume el compromiso de adjudicación de un cupo, conforme
a las necesidades que requieran la Asociación Mutual Municipalidades
del Departamento General López y la Asociación Bancaria - Delegación
Venado Tuerto - para ser destinados por ambas entidades, con iguales
prerrogativas y condiciones de pago que la Mutual de Ayuda entre
Ferroviarios Activos y Jubilados de Vendo Tuerto, establezca para sus
asociados, ajustando su formalización a las normativas del ente
regulador que la rige.-
Art.3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
FUNDAMENTOS:
El contrato de cesión de un terreno en el Cementerio Municipal,
suscripto entre la Municipalidad de Vendo Tuerto y la Mutual de Ayuda
entre Ferroviarios Activos y Jubilados de Venado Tuerto, el 20 de mayo
de 1998, está destinado a la construcción de nichos, conforme
anteproyecto que en fotocopia se agrega a esta Ordenanza y es pare
integrante de la misma como Anexo I.-
El predio cedido está ubicado al S.O. de la Manzana Nº 26 y conforma un
rectángulo perfecto de 340 m2 de acuerdo a las siguientes medidas y
linderos: 20 m S.O. por donde linda, calle en medio de 8,96 m de ancho
con el actual límite S.O. del Cementerio; 17 m en su lado N.O. por
donde linda, calle en medio como parte de la manzana Nº 28; 20 m al
N.E. por donde linda con el resto de la manzana Nº 26 de la que es
parte, y cerrando figura, 17 m en su lado S.E. por donde linda calle al
medio de 6 m de ancho, con parte de la Manzana Nº 24. Su ubicación
comienza a contarse a los 85,37 m del actual límite S.E. del Cementerio
hacia N.O..-
El lote en cuestión, fue cedido por un lapso mayor a siete (7) años a
la Asociación Bancaria Seccional Venado Tuerto, en virtud a lo
preceptuado en las Ordenanzas Nº 1765-88 y 2139-93, sin que ésa hubiese
cumplimentado con los cargos allí impuestos, y que ante tal
incumplimiento se procedió a la anulación de la cesión señalada.
Que según cláusula segunda del Contrato suscripto entre la mencionada
Mutual y la Municipalidad, dicha sesión sería onerosa, por cuanto
habría una contraprestación por cesión de dicho terreno, lo cual no se
perfeccionará en dinero, sino en obras tal cual se detalla en la citada
cláusula, de ahí la diferencia de esta cesión a las anteriores, por su
onerosidad que evidentemente beneficia los intereses municipales.-
Por otra parte, la situación de conflicto que se generó en torno al
destino del terreno objeto de cesión, - otorgado inicialmente a la
Asociación Bancaria, posteriormente y por imposibilidad de llevar
adelante su proyecto, donado por el Concejo Municipal a la Asociación
Mutual de Municipales del Departamento General López, para ser
finalmente vetada por el Departamento Ejecutivo Municipal y cedido a la
Mutual de Ayuda entre Ferroviarios Activos y Jubilados de Venado Tuero
- ha hecho necesario, en aras de la similitud de objetivos de las
entidades intervinientes y el interés en su materialización, de
procurar el acercamiento y la posibilidad de n entendimiento entre los
responsables de su conducción.-
En reunión mantenida entre los representantes de las tres entidades y
el bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical, se acordó cono
cláusula de compromiso y de inserción en el cuerpo resolutivo de la
presente Ordenanza, la aceptación por parte de la Mutual de Ayuda entre
Ferroviarios Activos y Jubilados de Venado Tuerto, de la adjudicación
de un cupo de los nichos a construir para destinar a la Asociación
Mutual Municipales el Departamento General López y a la Asociación
Bancaria - Delegación Venado Tuerto - con similares prerrogativas de
pago que la Mutual de Ayuda entre Ferroviarios Activos y Jubilados de
Venado Tuerto establezca para sus asociados.-
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto reunido en la Sala
de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente ORDENANZA Nº 2642-99, a los nueve días del mes
de marzo del año mil novecientos noventa y nueve.-
Municipalidad de Venado Tuerto y la Mutual Ayuda entre Ferroviarios
Activos y Jubilados de Venado Tuerto en fecha 20 de mayo de 1998
(20/05/98).-
Art.2º.- La Mutual de Ayuda entre Ferroviarios Activos y Jubilados de
Venado Tuerto, asume el compromiso de adjudicación de un cupo, conforme
a las necesidades que requieran la Asociación Mutual Municipalidades
del Departamento General López y la Asociación Bancaria - Delegación
Venado Tuerto - para ser destinados por ambas entidades, con iguales
prerrogativas y condiciones de pago que la Mutual de Ayuda entre
Ferroviarios Activos y Jubilados de Vendo Tuerto, establezca para sus
asociados, ajustando su formalización a las normativas del ente
regulador que la rige.-
Art.3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
FUNDAMENTOS:
El contrato de cesión de un terreno en el Cementerio Municipal,
suscripto entre la Municipalidad de Vendo Tuerto y la Mutual de Ayuda
entre Ferroviarios Activos y Jubilados de Venado Tuerto, el 20 de mayo
de 1998, está destinado a la construcción de nichos, conforme
anteproyecto que en fotocopia se agrega a esta Ordenanza y es pare
integrante de la misma como Anexo I.-
El predio cedido está ubicado al S.O. de la Manzana Nº 26 y conforma un
rectángulo perfecto de 340 m2 de acuerdo a las siguientes medidas y
linderos: 20 m S.O. por donde linda, calle en medio de 8,96 m de ancho
con el actual límite S.O. del Cementerio; 17 m en su lado N.O. por
donde linda, calle en medio como parte de la manzana Nº 28; 20 m al
N.E. por donde linda con el resto de la manzana Nº 26 de la que es
parte, y cerrando figura, 17 m en su lado S.E. por donde linda calle al
medio de 6 m de ancho, con parte de la Manzana Nº 24. Su ubicación
comienza a contarse a los 85,37 m del actual límite S.E. del Cementerio
hacia N.O..-
El lote en cuestión, fue cedido por un lapso mayor a siete (7) años a
la Asociación Bancaria Seccional Venado Tuerto, en virtud a lo
preceptuado en las Ordenanzas Nº 1765-88 y 2139-93, sin que ésa hubiese
cumplimentado con los cargos allí impuestos, y que ante tal
incumplimiento se procedió a la anulación de la cesión señalada.
Que según cláusula segunda del Contrato suscripto entre la mencionada
Mutual y la Municipalidad, dicha sesión sería onerosa, por cuanto
habría una contraprestación por cesión de dicho terreno, lo cual no se
perfeccionará en dinero, sino en obras tal cual se detalla en la citada
cláusula, de ahí la diferencia de esta cesión a las anteriores, por su
onerosidad que evidentemente beneficia los intereses municipales.-
Por otra parte, la situación de conflicto que se generó en torno al
destino del terreno objeto de cesión, - otorgado inicialmente a la
Asociación Bancaria, posteriormente y por imposibilidad de llevar
adelante su proyecto, donado por el Concejo Municipal a la Asociación
Mutual de Municipales del Departamento General López, para ser
finalmente vetada por el Departamento Ejecutivo Municipal y cedido a la
Mutual de Ayuda entre Ferroviarios Activos y Jubilados de Venado Tuero
- ha hecho necesario, en aras de la similitud de objetivos de las
entidades intervinientes y el interés en su materialización, de
procurar el acercamiento y la posibilidad de n entendimiento entre los
responsables de su conducción.-
En reunión mantenida entre los representantes de las tres entidades y
el bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical, se acordó cono
cláusula de compromiso y de inserción en el cuerpo resolutivo de la
presente Ordenanza, la aceptación por parte de la Mutual de Ayuda entre
Ferroviarios Activos y Jubilados de Venado Tuerto, de la adjudicación
de un cupo de los nichos a construir para destinar a la Asociación
Mutual Municipales el Departamento General López y a la Asociación
Bancaria - Delegación Venado Tuerto - con similares prerrogativas de
pago que la Mutual de Ayuda entre Ferroviarios Activos y Jubilados de
Venado Tuerto establezca para sus asociados.-
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto reunido en la Sala
de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente ORDENANZA Nº 2642-99, a los nueve días del mes
de marzo del año mil novecientos noventa y nueve.-
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 2770-I-98
- Derogada: NO
- Vetada: NO