Ordenanza

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Art.1º.- Apruébase el convenio "por compensación de deudas" celebrado
en fecha 15 de setiembre de 1998, entre los señores HERNANDO y JORGE
CASAGRANDE y la Municipalidad de Venado Tuerto, que como Anexo I es
parte integrante de la presente Ordenanza.-

Art.2º.- Déjase establecido que el plazo de ciento ochenta (180) días,
establecido en el apartado 1 de la cláusula segunda del convenio
aprobado, se encuentra vencido, por lo tanto sólo tendrá vigencia a los
efectos de efectivizar el referido convenio, la opción mencionada como
apartado 2) de la cláusula segunda, con las consecuencias que el mismo
determina.-

Art.3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

FUNDAMENTOS:

Mediante los expedientes Nº 72134 y 85366 - C, iniciados por los
señores Hernando y Jorge Casagrande, en fecha 21-06-94 y 04-08-97, se
originó la celebración de un convenio por "compensación de deudas",
firmado el 15 de setiembre de 1998 entre los señores Hernando y Jorge
Casagrande con la Municipalidad de Venado Tuerto.-

Del convenio suscripto, surge en términos claros la deuda mantenida por
los contribuyentes con el Municipio en concepto de Tasa General de
inmuebles, y que dicha deuda será cancelada con la transferencia a
favor de la Municipalidad de un inmueble cuya definición depende de las
condiciones pactadas en el referido convenio.-

Mediante la firma de este acuerdo, se liquidará una deuda, que de otra
manera no era factible de concretar y que resulta conveniente para el
Municipio por su valor económico.-

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en l Sala
de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente ORDENANZA Nº 2660-99, a los once días del mes de
mayo del año mil novecientos novena y nueve.-

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 2713-I-98

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA