Ordenanza
Starter Section
Art.1º.- Ratifícase la donación a favor de la Asociación Bancaria -
Seccional Venado Tuerto, de dos (2) lotes de terreno, identificados
como lote 3 de la manzana D y lote 1 de la manzana A, ambos de la
chacra 32 del Plano Oficial de la ciudad, registrado en el Departamento
Topográfico de la Provincia de Sana Fe con el Nº 92670/77.-
Art.2º.- La cesión de terrenos a que refiere el Art.1º, es con cargo
específico de construir grupos habitacionales por parte de la
Asociación Bancaria - Seccional Venado Tuerto, mediante la operatoria
que decida y con destino a sus afiliados.-
Art.3º.- Será condición resolutoria de la donación, que la finalización
de las obras de construcción, sea dentro de los cinco (5) años a partir
de la promulgación de la presente Ordenanza.-
Art.4º.- Se autoriza a la Asociación Bancaria - Seccional Venado
Tuerto, presentar plano de mensura y subdivisión para la determinación
de los lotes y su posterior adjudicación a los afiliados de la
Seccional Venado Tuerto, respetando y reiterando el cargo establecido
en los Art. 2º y 3º de esta Ordenanza.-
Art.5º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
FUNDAMENTOS:
Atento la sanción de las Ordenanzas Nº 1184-84 y 2443-97, todas
referidas a la donación de fracciones de terrenos a la Asociación
Bancaria - Seccional Venado Tuerto, con cargo de construir viviendas,
para sus afiliados, se transfieren por donación simple, el dominio
pleno de los lotes 3 y 1 de las manzanas D y A respectivamente,
ubicados en la chacra 32 del Plano Oficial de la ciudad de Venado
Tuerto.-
La inscripción de los loes destinados, resultó imperfecta por cuanto no
se cumplimentaron los cargos (construcción e viviendas para afiliados
de la Secciona Venado Tuerto) y el plazo establecido de cuatro (4)
años, a contar desde la aprobación de los planos.-
Por lo expuesto, resol imprescindible sancionar una nueva Ordenanza que
ratifique la donación, a fin e requerir del Registro General de
Rosario, la rectificación de la inscripción dominial.-
Por todo ello, el Concejo Municipal de Vendo Tuerto, reunido en la Sala
de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente ORDENANZA Nº 2665-99, a los veintiocho días del
mes de mayo del año mil novecientos noventa y nueve.-
Seccional Venado Tuerto, de dos (2) lotes de terreno, identificados
como lote 3 de la manzana D y lote 1 de la manzana A, ambos de la
chacra 32 del Plano Oficial de la ciudad, registrado en el Departamento
Topográfico de la Provincia de Sana Fe con el Nº 92670/77.-
Art.2º.- La cesión de terrenos a que refiere el Art.1º, es con cargo
específico de construir grupos habitacionales por parte de la
Asociación Bancaria - Seccional Venado Tuerto, mediante la operatoria
que decida y con destino a sus afiliados.-
Art.3º.- Será condición resolutoria de la donación, que la finalización
de las obras de construcción, sea dentro de los cinco (5) años a partir
de la promulgación de la presente Ordenanza.-
Art.4º.- Se autoriza a la Asociación Bancaria - Seccional Venado
Tuerto, presentar plano de mensura y subdivisión para la determinación
de los lotes y su posterior adjudicación a los afiliados de la
Seccional Venado Tuerto, respetando y reiterando el cargo establecido
en los Art. 2º y 3º de esta Ordenanza.-
Art.5º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
FUNDAMENTOS:
Atento la sanción de las Ordenanzas Nº 1184-84 y 2443-97, todas
referidas a la donación de fracciones de terrenos a la Asociación
Bancaria - Seccional Venado Tuerto, con cargo de construir viviendas,
para sus afiliados, se transfieren por donación simple, el dominio
pleno de los lotes 3 y 1 de las manzanas D y A respectivamente,
ubicados en la chacra 32 del Plano Oficial de la ciudad de Venado
Tuerto.-
La inscripción de los loes destinados, resultó imperfecta por cuanto no
se cumplimentaron los cargos (construcción e viviendas para afiliados
de la Secciona Venado Tuerto) y el plazo establecido de cuatro (4)
años, a contar desde la aprobación de los planos.-
Por lo expuesto, resol imprescindible sancionar una nueva Ordenanza que
ratifique la donación, a fin e requerir del Registro General de
Rosario, la rectificación de la inscripción dominial.-
Por todo ello, el Concejo Municipal de Vendo Tuerto, reunido en la Sala
de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente ORDENANZA Nº 2665-99, a los veintiocho días del
mes de mayo del año mil novecientos noventa y nueve.-
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 2158-V-96
- Derogada: NO
- Vetada: NO