Ordenanza
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Ordenanza Nº 2673/99 - RECUPERO INVERSION PROMUDI - CONVENIO PRESTAMO
Art.1º.-Apruébase el proyecto del Convenio de Préstamo que, como Anexo
I se considera parte integrante de la presente Ordenanza.
Art.2º.-Autorízase al señor Intendente Municipal a suscribir un
Convenio con el Gobierno de la Provincia de Santa fe, conforme los
términos establecidos en el proyecto citado en el artículo primero, y
por el monto a que asciende e identificado en el artículo tercero de la
presente.
Art.3º.-Aprúebase el proyecto de "Equipamiento de la Subsecretaría de
Servicios Públicos de la Municipalidad de Venado Tuerto" por un monto
de CIENTO DIEZ MIL PESOS ($ 110.000.-).
Art.4º.-Ejecútese dicho proyecto de conformidad a las condiciones que
establezca la Subsecretaría mencionada en su "Programa de Inversiones".
Art.5º.-Autorízase la afectación de los fondos de Coparticipación
Provincial y los aportes que eventualmente le correspondan a este
Municipio como forma de pago y como garantía de los compromisos
financieros que asume, mediante el Convenio de Préstamo que suscribe a
el Señor Intendente Municipal.
Art.6º.-Autorízase a la Contaduría y Tesorería de la Provincia de Santa
Fe y al Nuevo Banco de Santa Fe S.A., a retener, sin necesidad de
notificación extrajudicial o judicial, los montos que correspondan por
los rubros señalados en el artículo anterior, en virtud de la
metodología de pago prevista y/o por cumplimiento de las obligaciones
que asume mediante el Convenio de Préstamo.
Art.7º.-Aféctase el 1,00% de las cuotas de la Tasa General de Inmuebles
Urbanos durante cinco (5) años, a partir e la incorporación de los
equipos de referencia al Parque Municipal, destinado a cubrir el
recupero de la inversión incluyéndose el costo de elaboración del
proyecto y los intereses del crédito del programa.
Art.8º.-Créase la cuenta presupuestaria denominada "Recupero Inversión
Promudi" a fin de registrar en ella la totalidad de los montos
destinados al recupero de la inversión mencionada en el artículo
séptimo de esta Ordenanza, a partir de su puesta en vigencia y mientras
dure la devolución del crédito.
Art.9º.-Aféctase el 1,10% de las cuotas de la tas General de Inmuebles
Urbanos a partir de la incorporación de los equipos de referencia al
Parque Municipal, destinado a cubrir los costos de mantenimiento,
conservación y operación de los mismos
Art.10º.-Créase la cuenta presupuestaria denominada "Recupero Operación
Promudi", a fin de registrar en ella la totalidad de los montos
destinados al recupero de la inversión mencionados en el artículo
noveno de la presente Ordenanza, a partir de su puesta en vigencia y
mientras dure la devolución del crédito.
Art.11º.-En caso de no alcanzarse los porcentajes de cobrabilidad de la
Tasa General de Inmuebles Urbanos previstos en el recupero y en virtud
de los cuales se determinó la porción de afectación de cada una de ésas
mencionado en el artículo séptimo y en el noveno, se afectarán
temporalmente y hasta cuando sea necesario los recursos propios
comunales a fin de cubrir en tiempo y forma la totalidad de los
requerimientos financieros del proyecto de referencia.
Art.12º.-Comuníquese la presente a la dirección del Programa Municipal
de Inversiones (PROMUDI), publíquese y archívese.
FUNDAMENTOS:
- Visto el "Programa de Inversiones" dependientes del Ministerio de
Hacienda y Finanzas
de la Provincia de Santa Fe, y mediante el cual se otorgan préstamos a
Municipalidades y Comunas en el marco de la operatoria de
financiamiento a Municipalidades con fondos provenientes del "Fondo
Municipal de Inversiones creado por la Ley Nº 10.264/88 - Decreto Nº
2.255/89 - Préstamo B.I.R.F. Nº 2.920 AR, e implementado por Resolución
Ministerial N º 573/98.
-Considerando que la Ley Provincial autoriza a Municipalidades y
Comunas a celebrar con la Provincia de Santa Fe, convenios de
Subpréstamos en el marco del Programa Municipal de Inversiones.
-Que las condiciones establecidas en los Convenios de préstamos
citados, serán beneficiosas para los intereses de esta Municipalidad y
que previo a la suscripción, es necesario que el Proyecto Físico,
objeto de aquél, sea aprobado mediante Ordenanza y se autorice su
ejecución mediante el Programa Municipal de Inversiones.
-Que como forma de pago y garantía de las obligaciones financieras que
asuma esa Municipalidad mediante el Convenio de Préstamo, se deben
afectar los fondos de coparticipación Provincial y los aportes que
eventualmente correspondan a esta Municipalidad, como así también
autorizar para que aquellos rubros sean retenidos, sin necesidad de
interpelación judicial o extrajudicial alguna y en forma automática por
Tesorería y contaduría General de la Provincia y el Nuevo Banco de
Santa Fe S.A. a partir de los treinta (30) días de producirse el
cumplimiento respectivo.
-Que el crédito gestionado está destinado a la adquisición de un (1)
tractor, un (1) tractor con pala cargadora frontal y dos (2) equipos
recolectores, barredores y regadores ante el "Programa Municipal de
Inversiones".
-Que entre los requisitos a cumplimentar se contempla el dictado de la
medida de afectación de fondos que permitan recuperar el monto de la
inversión y de los costos de mantenimiento de equipos aludidos, se
considera que beneficiará a la totalidad de los inmuebles urbanos del
distrito, por lo que es necesario que los beneficios contribuyan
equitativamente en forma proporcional a su patrimonio.
-A efectos de plasmar en este documento los fundamentos que expusieron
los señores Concejales para la aprobación de los mensajes 017-H-99 y
021-H-99 respectivamente, transcribimos los despachos elaborados por
los Bloques de Concejales representados en este Concejo Municipal.
Despacho del Bloque de la Unión Cívica radical (Texto fojas. 119- 120 y
121)
Mensaje 017-H-99
- "CONVENIO DE PRÉSTAMO GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA FE": Antes de
referirnos al dictamen ajustado al Mensaje 017-H-99, consideramos
conveniente realizar algunas aclaraciones en torno a la polémica
desatada por la solicitud de créditos que realiza el D.E.M. y que
corresponde se tomen en consideración para que los hechos de los
últimos noventa (90) días que amenazan en convertirse en un conflicto,
queden como datos aclaratorios y dejen saldada cualquier duda.
1.-La solicitud de créditos que ingresa al Concejo Municipal en período
extraordinario a menos de sesenta (60) días de las elecciones en tres
(3) mensajes distintos presentados en forma simultánea, fue debidamente
tratada por la Unión Cívica Radical.
2.-Fue el Justicialismo, quien desde el ejecutivo y su propio Bloque,
prejuzgó la conducta de la Unión cívica Radical, anticipando
dificultades en el teme que no existieron, o en todo caso, terminaron
siendo de su propia responsabilidad.
3.-Para acelerar el trámite y aclarar cuestiones referidas a las
finanzas municipales en general y a los créditos en particular, se dio
tratamiento sobre tablas, solicitando la presencia del Secretario de
Hacienda, lo que fue ampliado por el oficialismo con el ofrecimiento de
quien concurra, sea directamente en señor Intendente.
4.-Ni lo uno ni lo otro se cumplió, de manera que se hizo necesario
enviar un cuestionario inicial sobre datos aclaratorios, realizado por
el Presidente del Cuerpo en forma personal a miembros del Bloque
Justicialista, de manera que tanto las expresiones del Presidente del
Bloque como del Secretario de Hacienda, referidas a que dicha solicitud
llegó a través del Diario "El Alba", no corresponde.
5.-Desde el primer momento el Bloque de la Unión Cívica Radical,
manifestó su voluntad de tratamiento, anticipando que lo haría sobre la
base de proyectos de Obras Públicas y/o inversiones que resulten de
interés general para la ciudad.
6.-Evidentemente el colapso financiero en que se encuentra la
Municipalidad que genera demora en el pago de los sueldos, atrasos con
proveedores y severísimo decreto de ajuste, acompañado de
manifestaciones públicas del señor Intendente, de que contaban con el
dinero de esos créditos para la cancelación de algunos de sus pasivos,
hicieron necesario que además de la exigencia en el cumplimiento de
documentación que acredite la capacidad de amortización se agregue para
mejor control del uso del dinero, planes de obra, pliegos de
licitación, cronograma de desembolsos y otros datos que lentamente se
van recibiendo pero aún no resultan satisfactorios.
7.-La Unión Cívica Radical, ha sido suficientemente clara en el
tratamiento de este tema, aun cuando hay quienes se niegan a entenderlo
dijo que:
a) No se votarán créditos que no se resulten u progreso para el pueblo,
ya sea con futuras obras y/o inversiones en bienes de uso o capital y
que el recurso no podrá ser de uso y disponibilidad para cancelación de
pasivos: más aún que el tratamiento de estos créditos no suponen de
ninguna manera convalidar hechos administrativos que aparecen como
irregulares, específicamente contrataciones directas y erogaciones sin
partidas presupuestarias correspondientes.-
8.-Que como mencionáramos anteriormente, se trata de mensajes distintos
con créditos de distintas características en cada uno de los mensajes,
situación ésta que hacen posible ir resolviendo individualmente cada
uno de los casos y de esta forma facilitar al Ejecutivo el avance de
los temas previstos en cada uno. Por lo tanto, en este dictamen inicial
referido al Mensaje 017-H-99 podemos decir que:
a. Aún cuando el monto de esta inversión resulta menor, el proyecto
debe tener en cuenta que la situación financiera definida como grave
por el Bloque de la Unión Cívica Radical queda confirmada a través del
Decreto de Emergencia Nº 192/99 y las respuestas parciales hasta ahora
recibidas.
b. Que el proyecto de equipamiento, en su punto 4, de gastos anuales
estimados en insumos, seguros, combustibles, patentes, repuestos y
reparaciones personal y todo lo que hace al funcionamiento, debería
cuando menos revisarse, por no aparecer como probable $ 3.040.- anuales
para a pala cargadora, $ 620.- para cada una de las barredoras de
arrastre y $ 2.600.- para el tractor.
c. Que por tratarse de un crédito PROMUDI, cumple con los requisitos de
autorización legal.
d. Que si bien no se ha satisfecho lo planteado sobre la revisión de
gastos anuales para este caso en particular, se puede considerar
favorable y suficiente que el proyecto contemple el repago.
e. Que se ha incorporado en la nueva documentación los datos y pliegos
del llamado al licitación pública nacional según lo solicita el
PROMUDI.
f. Que en el curso del tratamiento del resto de los créditos, se
avanzará en datos faltantes pudiendo con lo que obra en poder de este
Bloque dar curso favorable a este proyecto dejando aprobada la
Ordenanza que prevé el convenio de préstamo con el Gobierno de la
Provincia de Santa Fe sin modificaciones".
Firman: D.N.Savio -H.D.Mestre -E.D. De Mattía -C.L. Rosenzvaig
Despacho Mensaje 021-H-99 - (Textual foja 122):
"Apruébase dicho mensaje tal como fuera enviado por el DEM por
considerarse complementario del Mensaje 017-H-99 y determinante para el
re-pago de la inversión previsto en éste".
Firman: H.D.Mestre - E.D.De Mattía - C.L.Rosenzvaig - D.N.Savino
Despacho del Bloque Justicialista (Textual foja 123)
Mensajes Nº 017-H-99 y 021-H-99 - 15/09799
(Convenio Préstamo PROMUDI)
"Solicitamos se dé curso favorable a ambos proyectos (Aprobación
Convenio Préstamo PROMUDI y creación cuenta Presupuestaria pertinente);
compartiendo plenamente sus considerandos.
Pase a no compartir las fundamentaciones expuestas por el Bloque
U.C.R., no nos explayaremos sobre los mismos, ensayando planteos que
los rebatan; teniendo en cuenta los innegables beneficios para el
servicio público que devendrán del uso de las maquinarias, objeto de
esta asistencia crediticia".
Firman: V.M.Barbieri - R.A. Spinozzi - J.A.Lagna
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente Ordenanza Nº 2673/99, a los quince días del mes
de setiembre del año mil novecientos noventa y nueve.
I se considera parte integrante de la presente Ordenanza.
Art.2º.-Autorízase al señor Intendente Municipal a suscribir un
Convenio con el Gobierno de la Provincia de Santa fe, conforme los
términos establecidos en el proyecto citado en el artículo primero, y
por el monto a que asciende e identificado en el artículo tercero de la
presente.
Art.3º.-Aprúebase el proyecto de "Equipamiento de la Subsecretaría de
Servicios Públicos de la Municipalidad de Venado Tuerto" por un monto
de CIENTO DIEZ MIL PESOS ($ 110.000.-).
Art.4º.-Ejecútese dicho proyecto de conformidad a las condiciones que
establezca la Subsecretaría mencionada en su "Programa de Inversiones".
Art.5º.-Autorízase la afectación de los fondos de Coparticipación
Provincial y los aportes que eventualmente le correspondan a este
Municipio como forma de pago y como garantía de los compromisos
financieros que asume, mediante el Convenio de Préstamo que suscribe a
el Señor Intendente Municipal.
Art.6º.-Autorízase a la Contaduría y Tesorería de la Provincia de Santa
Fe y al Nuevo Banco de Santa Fe S.A., a retener, sin necesidad de
notificación extrajudicial o judicial, los montos que correspondan por
los rubros señalados en el artículo anterior, en virtud de la
metodología de pago prevista y/o por cumplimiento de las obligaciones
que asume mediante el Convenio de Préstamo.
Art.7º.-Aféctase el 1,00% de las cuotas de la Tasa General de Inmuebles
Urbanos durante cinco (5) años, a partir e la incorporación de los
equipos de referencia al Parque Municipal, destinado a cubrir el
recupero de la inversión incluyéndose el costo de elaboración del
proyecto y los intereses del crédito del programa.
Art.8º.-Créase la cuenta presupuestaria denominada "Recupero Inversión
Promudi" a fin de registrar en ella la totalidad de los montos
destinados al recupero de la inversión mencionada en el artículo
séptimo de esta Ordenanza, a partir de su puesta en vigencia y mientras
dure la devolución del crédito.
Art.9º.-Aféctase el 1,10% de las cuotas de la tas General de Inmuebles
Urbanos a partir de la incorporación de los equipos de referencia al
Parque Municipal, destinado a cubrir los costos de mantenimiento,
conservación y operación de los mismos
Art.10º.-Créase la cuenta presupuestaria denominada "Recupero Operación
Promudi", a fin de registrar en ella la totalidad de los montos
destinados al recupero de la inversión mencionados en el artículo
noveno de la presente Ordenanza, a partir de su puesta en vigencia y
mientras dure la devolución del crédito.
Art.11º.-En caso de no alcanzarse los porcentajes de cobrabilidad de la
Tasa General de Inmuebles Urbanos previstos en el recupero y en virtud
de los cuales se determinó la porción de afectación de cada una de ésas
mencionado en el artículo séptimo y en el noveno, se afectarán
temporalmente y hasta cuando sea necesario los recursos propios
comunales a fin de cubrir en tiempo y forma la totalidad de los
requerimientos financieros del proyecto de referencia.
Art.12º.-Comuníquese la presente a la dirección del Programa Municipal
de Inversiones (PROMUDI), publíquese y archívese.
FUNDAMENTOS:
- Visto el "Programa de Inversiones" dependientes del Ministerio de
Hacienda y Finanzas
de la Provincia de Santa Fe, y mediante el cual se otorgan préstamos a
Municipalidades y Comunas en el marco de la operatoria de
financiamiento a Municipalidades con fondos provenientes del "Fondo
Municipal de Inversiones creado por la Ley Nº 10.264/88 - Decreto Nº
2.255/89 - Préstamo B.I.R.F. Nº 2.920 AR, e implementado por Resolución
Ministerial N º 573/98.
-Considerando que la Ley Provincial autoriza a Municipalidades y
Comunas a celebrar con la Provincia de Santa Fe, convenios de
Subpréstamos en el marco del Programa Municipal de Inversiones.
-Que las condiciones establecidas en los Convenios de préstamos
citados, serán beneficiosas para los intereses de esta Municipalidad y
que previo a la suscripción, es necesario que el Proyecto Físico,
objeto de aquél, sea aprobado mediante Ordenanza y se autorice su
ejecución mediante el Programa Municipal de Inversiones.
-Que como forma de pago y garantía de las obligaciones financieras que
asuma esa Municipalidad mediante el Convenio de Préstamo, se deben
afectar los fondos de coparticipación Provincial y los aportes que
eventualmente correspondan a esta Municipalidad, como así también
autorizar para que aquellos rubros sean retenidos, sin necesidad de
interpelación judicial o extrajudicial alguna y en forma automática por
Tesorería y contaduría General de la Provincia y el Nuevo Banco de
Santa Fe S.A. a partir de los treinta (30) días de producirse el
cumplimiento respectivo.
-Que el crédito gestionado está destinado a la adquisición de un (1)
tractor, un (1) tractor con pala cargadora frontal y dos (2) equipos
recolectores, barredores y regadores ante el "Programa Municipal de
Inversiones".
-Que entre los requisitos a cumplimentar se contempla el dictado de la
medida de afectación de fondos que permitan recuperar el monto de la
inversión y de los costos de mantenimiento de equipos aludidos, se
considera que beneficiará a la totalidad de los inmuebles urbanos del
distrito, por lo que es necesario que los beneficios contribuyan
equitativamente en forma proporcional a su patrimonio.
-A efectos de plasmar en este documento los fundamentos que expusieron
los señores Concejales para la aprobación de los mensajes 017-H-99 y
021-H-99 respectivamente, transcribimos los despachos elaborados por
los Bloques de Concejales representados en este Concejo Municipal.
Despacho del Bloque de la Unión Cívica radical (Texto fojas. 119- 120 y
121)
Mensaje 017-H-99
- "CONVENIO DE PRÉSTAMO GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA FE": Antes de
referirnos al dictamen ajustado al Mensaje 017-H-99, consideramos
conveniente realizar algunas aclaraciones en torno a la polémica
desatada por la solicitud de créditos que realiza el D.E.M. y que
corresponde se tomen en consideración para que los hechos de los
últimos noventa (90) días que amenazan en convertirse en un conflicto,
queden como datos aclaratorios y dejen saldada cualquier duda.
1.-La solicitud de créditos que ingresa al Concejo Municipal en período
extraordinario a menos de sesenta (60) días de las elecciones en tres
(3) mensajes distintos presentados en forma simultánea, fue debidamente
tratada por la Unión Cívica Radical.
2.-Fue el Justicialismo, quien desde el ejecutivo y su propio Bloque,
prejuzgó la conducta de la Unión cívica Radical, anticipando
dificultades en el teme que no existieron, o en todo caso, terminaron
siendo de su propia responsabilidad.
3.-Para acelerar el trámite y aclarar cuestiones referidas a las
finanzas municipales en general y a los créditos en particular, se dio
tratamiento sobre tablas, solicitando la presencia del Secretario de
Hacienda, lo que fue ampliado por el oficialismo con el ofrecimiento de
quien concurra, sea directamente en señor Intendente.
4.-Ni lo uno ni lo otro se cumplió, de manera que se hizo necesario
enviar un cuestionario inicial sobre datos aclaratorios, realizado por
el Presidente del Cuerpo en forma personal a miembros del Bloque
Justicialista, de manera que tanto las expresiones del Presidente del
Bloque como del Secretario de Hacienda, referidas a que dicha solicitud
llegó a través del Diario "El Alba", no corresponde.
5.-Desde el primer momento el Bloque de la Unión Cívica Radical,
manifestó su voluntad de tratamiento, anticipando que lo haría sobre la
base de proyectos de Obras Públicas y/o inversiones que resulten de
interés general para la ciudad.
6.-Evidentemente el colapso financiero en que se encuentra la
Municipalidad que genera demora en el pago de los sueldos, atrasos con
proveedores y severísimo decreto de ajuste, acompañado de
manifestaciones públicas del señor Intendente, de que contaban con el
dinero de esos créditos para la cancelación de algunos de sus pasivos,
hicieron necesario que además de la exigencia en el cumplimiento de
documentación que acredite la capacidad de amortización se agregue para
mejor control del uso del dinero, planes de obra, pliegos de
licitación, cronograma de desembolsos y otros datos que lentamente se
van recibiendo pero aún no resultan satisfactorios.
7.-La Unión Cívica Radical, ha sido suficientemente clara en el
tratamiento de este tema, aun cuando hay quienes se niegan a entenderlo
dijo que:
a) No se votarán créditos que no se resulten u progreso para el pueblo,
ya sea con futuras obras y/o inversiones en bienes de uso o capital y
que el recurso no podrá ser de uso y disponibilidad para cancelación de
pasivos: más aún que el tratamiento de estos créditos no suponen de
ninguna manera convalidar hechos administrativos que aparecen como
irregulares, específicamente contrataciones directas y erogaciones sin
partidas presupuestarias correspondientes.-
8.-Que como mencionáramos anteriormente, se trata de mensajes distintos
con créditos de distintas características en cada uno de los mensajes,
situación ésta que hacen posible ir resolviendo individualmente cada
uno de los casos y de esta forma facilitar al Ejecutivo el avance de
los temas previstos en cada uno. Por lo tanto, en este dictamen inicial
referido al Mensaje 017-H-99 podemos decir que:
a. Aún cuando el monto de esta inversión resulta menor, el proyecto
debe tener en cuenta que la situación financiera definida como grave
por el Bloque de la Unión Cívica Radical queda confirmada a través del
Decreto de Emergencia Nº 192/99 y las respuestas parciales hasta ahora
recibidas.
b. Que el proyecto de equipamiento, en su punto 4, de gastos anuales
estimados en insumos, seguros, combustibles, patentes, repuestos y
reparaciones personal y todo lo que hace al funcionamiento, debería
cuando menos revisarse, por no aparecer como probable $ 3.040.- anuales
para a pala cargadora, $ 620.- para cada una de las barredoras de
arrastre y $ 2.600.- para el tractor.
c. Que por tratarse de un crédito PROMUDI, cumple con los requisitos de
autorización legal.
d. Que si bien no se ha satisfecho lo planteado sobre la revisión de
gastos anuales para este caso en particular, se puede considerar
favorable y suficiente que el proyecto contemple el repago.
e. Que se ha incorporado en la nueva documentación los datos y pliegos
del llamado al licitación pública nacional según lo solicita el
PROMUDI.
f. Que en el curso del tratamiento del resto de los créditos, se
avanzará en datos faltantes pudiendo con lo que obra en poder de este
Bloque dar curso favorable a este proyecto dejando aprobada la
Ordenanza que prevé el convenio de préstamo con el Gobierno de la
Provincia de Santa Fe sin modificaciones".
Firman: D.N.Savio -H.D.Mestre -E.D. De Mattía -C.L. Rosenzvaig
Despacho Mensaje 021-H-99 - (Textual foja 122):
"Apruébase dicho mensaje tal como fuera enviado por el DEM por
considerarse complementario del Mensaje 017-H-99 y determinante para el
re-pago de la inversión previsto en éste".
Firman: H.D.Mestre - E.D.De Mattía - C.L.Rosenzvaig - D.N.Savino
Despacho del Bloque Justicialista (Textual foja 123)
Mensajes Nº 017-H-99 y 021-H-99 - 15/09799
(Convenio Préstamo PROMUDI)
"Solicitamos se dé curso favorable a ambos proyectos (Aprobación
Convenio Préstamo PROMUDI y creación cuenta Presupuestaria pertinente);
compartiendo plenamente sus considerandos.
Pase a no compartir las fundamentaciones expuestas por el Bloque
U.C.R., no nos explayaremos sobre los mismos, ensayando planteos que
los rebatan; teniendo en cuenta los innegables beneficios para el
servicio público que devendrán del uso de las maquinarias, objeto de
esta asistencia crediticia".
Firman: V.M.Barbieri - R.A. Spinozzi - J.A.Lagna
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente Ordenanza Nº 2673/99, a los quince días del mes
de setiembre del año mil novecientos noventa y nueve.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente:
- Derogada: NO
- Vetada: NO