Ordenanza

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Ordenanza Nº 2711/99 - LICENCIA CONDUCTOR 17-16 AÑOS CONDUCIR CICLOMOTOR

Art.1º.-Adhiérase la Municipalidad de Venado Tuerto a los términos de
la Ley Provincial Nº 11583.

Art.2º.-Adóptase como reglamento el Decreto Provincial Nº2311/99, con
excepción del último párrafo del Art.13º - Licencia de Conductor-, el
que no será de aplicación en lo concerniente a las restricciones de
circulación, exclusivamente para el ámbito de nuestra ciudad. De tal
forma que los conductores principiantes y los menores que conducen
ciclomotores, diecisiete (17) años en adelante para los primeros y
dieciséis (16) años en el segundo, podrán circular por todas las
arterias de la ciudad.

Art.3º.-El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará por medio de
sus organismos técnicos y jurídicos de aplicación, el correspondiente
"Código de Tránsito", dentro de los treinta (30) días de promulgada la
presente Ordenanza, quedando sin efecto desde entonces todas las
disposiciones que se opongan a la presente.

Art.4º.-Comuníquese, publíquese y archívese.

Fundamentos

Visto las resoluciones Nº1287/95 y 1591/98, mediante las cuales el
Concejo Municipal insta a adherir a las Leyes Nacional de Tránsito
Nº24.449 y Provincial Nº 11.583, y el dictado del Decreto Reglamentario
Nº2311/99, y considerando que la legislación Provincial enunciada
tiende a actualizar las normativas vigentes en consonancia y armonía
con el resto de las jurisdicciones, proponiendo generar el marco
regulatorio en la búsqueda de los objetivos comunes en la materia
tendientes a:

a) Lograr seguridad en el tránsito, propendiendo a la disminución de
accidentes, preservando la posibilidad de lesione a personas y daños a
bienes materiales.

b) Generar condiciones que deparen fluidez al tránsito, tendiendo al
aprovechamiento de las vías de circulación en armonía entre todos los
actores que comparten el espacio público.

c) Preservar el patrimonio humano, vial y automotor.

d) Educar y capacitar para la internalización de valores que promueven
el uso correcto de la vía pública.

e) Disminuir el impacto contaminante del medio ambiente, proveniente de
los defectos en la combustión y emisión de ruidos que superen la
emisión sonora de todos los vehículos propulsados por motor, conforme a
su categoría.

Que no obstante las generalidades enunciadas, se hace necesario atender
a particularidades que hacen a nuestra realidad en cuanto a la
dimensión de la ciudad, sus aspectos urbanísticos y sociales.

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente Ordenanza Nº 2711/99, a los treinta días del mes
de noviembre del año mil novecientos noventa y nueve.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 2777-C-98

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA